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Mujer, Igualdad y Conciliación

El nuevo equilibrio de la conciliación

El nuevo equilibrio de la conciliación

Las mujeres serán pronto la principal fuerza laboral, por delante de los hombres, en un mercado de trabajo revolucionado. En este nuevo escenario, con una realidad bien distinta, el debate ’tradicional’ sobre igualdad se queda muy pequeño.

El debate sobre la conveniencia o inconveniencia de medidas contra la segregación racial no tendría mucho futuro en un país con un 99% de negros. Ahora los expertos predicen que las mujeres superarán a los hombres en fuerza laboral por primera vez en la historia en determinados países, y esta tendencia se consolidará globalmente, y traerá consecuencias notables en un mercado laboral que vive una auténtica revolución. En este escenario, el debate tradicional sobre la conciliación ya no sirve. Mientras algunos van, discutiendo obviedades, otros vuelven, preparados para una realidad imparable.

Paco Muro, presidente ejecutivo de Otto Walter, coincide en que «nadie se imaginaría hoy unas normas especiales para facilitar la incorporación de las féminas a la Universidad, o al acceso al carné de conducir. Dichas incorporaciones en plena igualdad son un hecho. Si existieran medidas especiales para ello sería un síntoma de desfase».

Eva Levy, directora de la consultora ExcellentSearch, asegura que es precisamente en estos momentos cuando debemos plantearnos un cambio en las reglas de juego. Levy prefiere no hablar de conciliación, sino de calidad de vida, y cree que «el significado del primer concepto se ha tergiversado. Parece que las mujeres hemos montado todo ese invento para tener más tiempo para nuestros temas personales».

Por su parte Nuria Chinchilla, profesora del IESE, prefiere hablar de integrar, en vez de conciliar, e insiste en que la conciliación no es sólo un asunto de mujeres, algo en lo que también coincide Pedro Molina, director del departamento jurídico laboral de Mercer, quien explica que «existe el error de identificar las medidas que favorecen la conciliación entre la vida profesional y personal con aquellas medidas que benefician exclusivamente a la mujer. Las iniciativas de conciliación deben enfocarse a todos los trabajadores con independencia de su sexo».

Montse Ventosa, directora de Employee Branding, recuerda que «la definición que figura en el diccionario sobre ’conciliación’ nos remite a la armonización de dos opiniones contrarias. En este caso, entre ’trabajo’ y ’vida’. En Reino Unido y Estados Unidos lo llaman work life balance, que de nuevo hace referencia al equilibrio entre dos fuerzas opuestas. Si bien es cierto que el trabajo requiere de gran parte de nuestro tiempo, también nuestra vida requiere de tiempo; desde estar con nuestra pareja, a comprar, hacer recados, leer un libro, comer... En otras palabras, para que la conciliación sobreviva al nuevo escenario necesitamos cambiar el chip, y en lugar de ver el trabajo versus la vida, hay que ver esta como la suma de trabajo, tiempo libre y familia. Es inclusión, no exclusión».

Nuria Chinchilla cree que es preferible hablar de enriquecimiento, de integrar o de empatía: «El cambio más importante es ver la parte positiva; que las personas sean responsables de su propia vida, y no sólo que la empresa ponga algo de su parte. Se trata de una vuelta de tuerca también desde los estados, que han de traer capital social y humano para la sociedad; y hay que ayudar a que las personas puedan integrar. Todo el mundo ha de saber que no se puede tener todo al mismo tiempo, pero se debe apoyar a las madres y a los padres que quieran ejercer como tales». En este sentido Mar Aguilera, coordinadora general de la Fundación Alares, asegura que «las mujeres no queremos ni podemos ser los hombres de ayer. Hay un aspecto cultural que no se puede cambiar, y es que muchas mujeres quieren trabajar, pero no están dispuestas a dejar a sus hijos, ni a actuar como madres». Aguilera añade que los cambios imparables del mercado laboral no implican un descenso en la implantación de programas de conciliación. «Lo fundamental es que estas iniciativas tengan en cuenta la competitividad empresarial, y que ello se refleje en la cuenta de resultados».

Eva Levy se refiere a la calidad de vida de hombres y mujeres que luchan por una existencia más saludable y equilibrada: «Puede parecer llamativo demandarlo ahora, pero si no aprovechamos esta oportunidad para sanear nuestra forma de trabajo, organizando mejor el tiempo, buscando la eficacia, impulsando la creatividad que sólo es posible en un clima de emulación y esperanza, únicamente salvaremos los muebles durante algún tiempo antes de la siguiente oleada, que nos puede arrasar». Añade que «el despilfarro del tiempo en España es clamoroso y no ha beneficiado ni a la competitividad, ni a la productividad, ni a la salud de nuestra vida familiar y social. Las jornadas maratonianas y absurdas no han resultado rentables. Los hijos (los pocos que tenemos y que ni siquiera aseguran el relevo para pagar las pensiones futuras) no se crían solos, y el tenerlos descuidados nos pasa factura. Al no disponer de tiempo no podemos formarnos en otras materias o habilidades que pueden ser nuestra salvación y nuestra garantía de empleabilidad».

Paco Muro recuerda que «las nuevas generaciones que se incorporan al mundo laboral lo hacen con una igualdad natural. Hoy aún hay pocas mujeres directivas, porque hace diez años había muy pocos puestos de mandos intermedios ocupados por mujeres, y no había generación para ascender. Ahora empieza a haber un gran número de féminas en cargos medios, aunque aún no en la lógica proporción, pero en los niveles de técnicos y especialistas ya hay una plena integración. El gran cambio está muy cerca. En apenas un par de rotaciones generacionales, cuando se retiren los altos directivos actuales y haya que correr el escalafón, los puestos serán ocupados igualmente por mujeres y hombres, sin distinción».

Juan Carlos Olabarrieta, socio de Towers Perrin, coincide en que la preeminencia de la mujer está cercana, y añade que la cuestión de la conciliación no es tanto que la mujer lo requiera, sino que se trata de un enfoque vital que tiene que ver con qué quiero hacer con mi vida. Olabarrieta cree en el predominio de una tendencia general a desear una vida más equilibrada, otro tipo de inquietudes de carrera y perfiles de empleados que se replantean dónde quieren invertir su tiempo. Añade que «el mantenedor de la conciliación no es tanto la mujer como el hombre, que es realmente quien, desde el poder, elige conciliar y hace que todo esto pueda ser sostenible».

Este entorno de cambio radical implica para la conciliación, según Paco Muro, «que nos aproximaremos verdaderamente al entorno sociolaboral de los países más avanzados económicamente, como los anglosajones o los nórdicos, donde hace años que alcanzaron este nivel. ¿Cómo lo hacen ellos para atender a sus hijos y mayores? Lo hacen sin más, ya que tanto empresas como trabajadores viven en esa realidad y todo se ha coordinado de forma natural para que sea posible. Por ejemplo, los profesionales, sin distinción de sexo, se alternan para tomar una semana de vacaciones y atender las de sus hijos. La flexibilidad horaria no es tal; es mucho más simple. Se trata de un sistema claro en el que cada uno amolda sus horarios en unos tramos establecidos y adquiere el compromiso de tener el trabajo al día y bien hecho. Quien desea tomarse un año o dos para atender a la familia lo hace y se reintegra al mundo laboral tranquilamente. Trabajar desde casa, como autónomo externo a la empresa en vez de como asalariado, o que un hombre se encargue del cuidado de los hijos pequeños no es ninguna novedad, ni provoca ningún tipo de asombro, ni tan siquiera de mérito».

El presidente de Otto Walter concluye que, para que eso ocurra, es necesario un mercado laboral potente, con alta empleabilidad, con madurez tecnológica y una sociedad dispuesta a deshacerse de ciertos prejuicios tradicionales. Asegura que «las medidas de conciliación dejarán de ser tales y pasarán a ser medidas de retención, de lógico funcionamiento, porque la empresa que no ofrezca este tipo de organización que permita compaginar con normalidad la atención a la familia y al trabajo se quedará sin empleados cualificados y sin alto rendimiento. Supondrá el triunfo de la igualdad plena y de la plena incorporación de España a la sociedad moderna».

 


Proporción y supremacía en un escenario revolucionado

El escenario futuro de un mercado laboral en el que la mujer tiene un rol relevante ya está aquí. Iñaki Lozano, ’managing director’ de The Business Innovation Consulting Group, detecta señales que muestran la claridad de esta tendencia: Para empezar, ya hay más féminas universitarias que hombres -precisamente un indicador del atractivo de una carrera es ya el número de mujeres matriculadas, porque ellas tienen un mayor sentido para la utilidad y la relevancia social de su trabajo-, a lo que se suman fenómenos como el envejecimiento de la población y la reducción de la misma.

Lozano explica que países como Alemania perderán en pocas décadas 10 millones de habitantes, con lo que una de cada 12 viviendas quedará vacía. «Esto provoca que una serie de personas que antes no estaban en la población trabajadora saldrán al mercado». Además, Lozano revela que el crecimiento de las familias monoparentales relativizará en el futuro los problemas respecto a la familia o al cuidado de los hijos.

Alberto García Francos, presidente de MasVidaRed, se refiere a las conclusiones del ’2008 National Study of the Changing Workforce’ elaborado por el Families and Work Institute, en el que se revela que por primera vez desde 1992 la proporción de mujeres jóvenes de menos de 29 años de edad (66%) que desean trabajos con más nivel de responsabilidad se iguala a la de los hombres de la misma edad.

Asimismo, la proporción de féminas con hijos menores de 18 años que trabajaban en 2008 (71%) es ya mayor que la proporción de todos los hombres con empleo (66%). El número de horas que los hombres que trabajan dedican al día al cuidado de hijos ha aumentado hasta tres horas diarias, acercándose cada vez más al tiempo que dedican las mujeres trabajadoras (3,8 horas diarias), mientras que un 45% de los hombres que trabajan manifiestan tener conflictos entre el trabajo y su vida privada (34% en 1997) frente al 39% de las mujeres (también el 34% en 1997).

Iñaki Lozano prevé un cambio en los patrones de comportamiento que tiene que ver con la flexibilidad y la evolución social: «Implicará trabajar dónde y cuando queramos, y a esto se añade una tendencia creciente a medir los objetivos por indicadores (productividad, eficiencia, etcétera), algo que beneficiará a las mujeres, que plantean el trabajo de una forma más meritocrática».

 


El impulso de la recesión

La recesión global supone un factor de impulso para la posición de predominio en el nuevo escenario sociolaboral. En mercados como el estadounidense un 82,5% de los 2,5 millones de empleos perdidos desde noviembre de 2008 eran masculinos, por lo que los nuevos datos comienzan a dibujar un panorama que implica una redefinición de roles de género y un cambio de responsabilidades. Durante las recesiones se eleva el porcentaje de familias sustentadas por féminas, y éstas tienden a tener más seguridad en el empleo, aunque también a conservar trabajos que implican una mayor dificultad para mantener a sus familias.

Las tendencias universales que hablan de una incorporación -o regreso- de la mujer al mercado laboral, impulsada por la recesión, no se cumplen en España. Según Eurostat, la tasa de paro femenino en la UE de los Veintisiete se situó en un promedio del 7,5% en 2008, lo que supone un descenso respecto del 7,8% registrado en 2007. Pero España es el país donde más se incrementó el paro femenino entre 2007 y 2008, y además tiene la tasa más elevada (13%).

Hay tres factores que obstaculizan la incorporación de la mujer española a un mercado laboral igualitario, y que tienen que ver con rémoras jurídicas, históricas, sociales y políticas que ponen en desventaja a ellas en el mercado de trabajo: Por una parte está el factor cultural, que otroga a las féminas un rol predominante y casi exclusivo en el cuidado de los hijos y las responsabilidades domésticas.

A esto se suma el factor latente que supone una alta tasa de empleo general que influye en las estadísticas de paro femenino

El tercer factor es de tipo normativo, y se refiere al hecho de que la regulación del trabajo a tiempo parcial en España no ayuda a la flexibilidad ni a compatibilizar horarios.

TINO FERNÁNDEZ

El Mundo

Los horarios condicionan la conciliación y la igualdad

Los horarios condicionan la conciliación y la igualdad

Los expertos exigen racionalizar el tiempo en el trabajo

"La conciliación familiar y la igualdad de la mujer sólo avanzará si somos capaces de racionalizar los horarios de trabajo". Así de contundente se mostró ayer Ignacio Buqueras y Bach, presidente de la Comisión Nacional para la Racionalización de los Horarios Españoles, en la clausura del IV congreso de esta organización dedicado, justamente, a abordar la conciliación y la igualdad. Durante el encuentro, en el que participaron decenas de representantes del mundo de la administración, la empresa y la sociedad civil, varias mujeres subrayaron la urgencia de una gestión óptima del tiempo de trabajo.

La consellera valenciana de Bienestar Social, Angélica Such, subrayó al respecto, y durante este congreso, que la "sostenibilidad" de lo que consideró la institución básica de la sociedad, es decir, la familia, "pasa por conseguir unos horarios laborales más racionales que permitan conciliar la vida personal, laboral y familiar". "Nosotras siempre nos llevamos la peor parte, porque debemos dedicar mucho esfuerzo al trabajo, y somos las que más tiempo dedicamos a la familia: ¿cómo podemos vivir una vida plena si no tenemos tiempo?", se preguntó una representante del Departament de la Dona de la Generalitat de Catalunya.

Para Ignacio Buqueras, la administración, que cuenta con un Ministerio de la Igualdad, "no ha dado los pasos adecuados; como ejemplos los altos cargos siguen trabajando hasta las nueve o las diez de la noche, arrastrando al resto de trabajadores; eso es una barbaridad". Durante el congreso, alguna empresas como Iberdrola, han dado a conocer cómo con una mejor racionalización de los horarios - en la compañía eléctrica el 80% de los trabajadores comienza a las 7.30 de la mañana y finaliza a las 15.30-ha permitido unos mejores ratios de productividad y una mayor satisfacción de los empleados . Ignacio Buqueras añadió al respecto que "a la productividad hay que sumar los ahorros, en luz, en calefacción, en aire acondicionado; es algo que todo debemos entender de una vez, porque en Europa hace décadas que así se está funcionando". Varios de los asistentes denunciaron el "abuso" de algunas empresas en lo que se denomina "presentismo" y que se refiere a la obligación de estar presentes en las oficinas cuando no es necesario.

Buqueras anunció que la Comisión Nacional para la Racionalización de los Horarios propondrá al Gobierno Español, en el contexto de la presidencia española de la UE, cinco pactos para optimizar los tiempos de trabajo: a los partidos políticos, a las instituciones, a las entidades representativas de la sociedad civil, a las empresas y a la administración. "Debemos ser capaces de que todos tomen conciencia de que hay que dejar ya las demagogias y comenzar a dar pasos en algo que beneficia a todos". Asimismo comentó que el próximo congreso de esta organización se celebrará en Valladolid en el 2010.

SALVADOR ENGUIX
La Vanguardia

Video: Mujeres en el trabajo

 

"No existe mayor engaño que una verdad a medias"

"No existe mayor engaño que una verdad a medias"

Las jornadas maratonianas perjudican a la salud, los hijos, la pareja y la productividad. Los empleados con horarios más racionales rinden más al vivir mejor, según los expertos.

"No existe mayor engaño que una verdad a medias"

Son las 4:40 de la madrugada. Suena un despertador. Una mano veloz se apresura a desconectarlo, antes que interrumpa el sueño del resto de la familia.

Ella trabaja a turnos. Cambia cada quince días. Pese a que sopeso la posibilidad de fijar el turno para mantener una vida familiar con unos mínimos de estabilidad, lo desestimo al saber que la empresa donde trabaja deniega reivindicaciones de este tipo emplazando a los trabajadores a la vía judicial. También trabaja en Boehringer Ingelheim Sant Cugat, aunque prefiere el anonimato, porque no es directiva, ni secretaria de dirección como las personas a las que alude el artículo que El Periódico de Catalunya publicó el pasado 5 de octubre.

El daño que causan las acciones propagandísticas de grandes empresas en el uso de medios de comunicación –conciliación de la vida familiar, responsabilidad social de las empresas, políticas de igualdad- trasciende lo estrictamente laboral y llega a afectar moralmente al individuo, que siente que ni tan solo puede quejarse de la situación que le toca vivir.

Los ratios de absentismo de nuestra empresa superan lo estratégicamente recomendable: parte de la plantilla lleva más de 20 años desarrollando tareas de manipulación de cargas. Curiosamente, la única solución que la empresa aporta –paralelamente a su constante presencia como ejemplo modélico- es despedir trabajadoras con más de 35 años de antigüedad, con edades cercanas a los 50. Boehringer Ingelheim Sant Cugat entiende que los permisos por maternidad constituyen un elemento computable a efectos de despido objetivo.

Conviven horarios diversos: desde la jornada intensiva de verano –fruto de negociación colectiva- al horario flexible sin jornada intensiva, impuesto por la empresa de manera unilateral. No hay año en que el equipo de RRHH no intente erosionar el horario intensivo. Eso sí: en alguna ocasión -también en prensa- apareció esa misma jornada intensiva que se desea eliminar como bien social.

Los empleados a turnos no tienen -simple y llanamente- garantizados los mínimos establecidos en negociación colectiva. Los responsables de la organización del trabajo condicionan con sus decisiones la distribución de la turnicidad a lo largo del calendario anual; es fácil imaginar las dificultades con que se encontrarán al intentar organizar tanto su vida familiar como su desarrollo personal.

La constante presencia en medios como empresa modélica y la concesión de galardones que otorga la propia patronal no se refleja en las encuestas internas sobre clima laboral.

La ausencia de contraste de lo que se publica y la rumorología de que nos hacemos eco –incluso en nuestras propias opiniones personales- nos llevan a ser parte del problema. De igual manera se expande la injusticia.

"La vida no es poesía… la vida es propaganda".

La representación legal de los trabajadores de Boehringer Ingelheim, Sant Cugat del Vallès.

Aprobada la ampliacion del permiso de paternidad a cuatro semanas en 2011

Aprobada la ampliacion del permiso de paternidad a cuatro semanas en 2011

Además de las cuatro semanas de suspensión del contrato, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de este permiso en régimen de jornada completa o a tiempo parcial y en el momento en que decida en relación al permiso de maternidad.

El pleno de la Cámara Alta ha aprobado por unanimidad la proposición de Ley de ampliación del permiso de paternidad a cuatro semanas ininterrumpidas en los casos de nacimiento, adopción o acogida. Con el apoyo de 247 senadores presentes en la sesión, se ha dado así el visto bueno al texto del Congreso de los Diputados, quienes ahora deberán votar la nueva ley antes de su entrada en vigor el 11 de enero de 2011.

Además de las cuatro semanas de suspensión del contrato, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de este permiso en régimen de jornada completa o a tiempo parcial y en el momento en que decida en relación al permiso de maternidad.

Este nuevo permiso también podrá ser disfrutado por los funcionarios dado que la proposición de ley prevé la modificación de Medidas para la Reforma de la Función Pública. En el debate de las enmiendas, los senadores coincidieron en señalar que este tipo de medida que involucra a los padres en el cuidado de los hijos tiene importantes efectos en los niveles de conciliación y la igualdad, informa EFE.

La portavoz del PSOE en la comisión de Igualdad, Patricia Hernández, ha subrayado este miércoles 23 de septiembre que se trata de una forma de incentivar la mayor implicación de los hombres en las responsabilidades y tareas del hogar, y en el cuidado de los hijos. "También se trata de apoyar a los empresarios para que no conformen sus cuadros directivos sólo con hombres y envíen a las mujeres a los escalafones más bajos", ha dicho.

Expansion

¿Cuándo se cede la baja maternal?

¿Cuándo se cede la baja maternal?

La madre no está obligada, en el momento de solicitar el permiso, a decidir en ese instante si lo comparte con el padre.

El Tribunal Supremo ha preferido facilitar a la madre la decisión de ceder parte de su permiso de maternidad al padre. Establece en una reciente sentencia que “la madre no está obligada, en el momento de solicitar el subsidio, a optar porque una parte del mismo lo perciba el padre”.

La sentencia recuerda que el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 48, dispone que, sin perjuicio de las seis semanas inmediatas posteriores al parto de descanso obligatorio para la madre, “en el caso de que el padre y la madre trabajen, ésta, al iniciarse el periodo de descanso por maternidad, podrá optar por que el padre disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del periodo de descanso posterior al parto”.

Por tanto, concluye el Supremo “no cabe establecer como requisito para que el padre disfrute una parte del subsidio de maternidad, cedido por la madre, el que ésta, cuando solicite dicho subsidio, opte por que una parte del mismo lo perciba el padre”.

De no entenderlo así, especifica el Supremo, se daría peor tratamiento al padre que a la madre, pues mientras ésta dispone para solicitar el subsidio, de los plazos previstos en los artículos 43 y 44 Ley General de la Seguridad Social, con los efectos de prescripción y caducidad en ellos regulados, el padre dispondría de un único momento "al iniciarse el periodo de descanso por maternidad", que el INSS identifica erróneamente con "la solicitud de la trabajadora del subsidio por maternidad".

Asimismo, continúa el fallo, de seguirse esta interpretación se establecería un peculiar plazo para la solicitud de la prestación de maternidad a favor del padre, no apareciendo plazo similar para ninguna de las prestaciones del sistema de Seguridad Social.

Comunicar la opción

Aclarado esto, el Supremo recuerda que la trabajadora habrá de tener en cuenta que, como el subsidio por maternidad se le viene abonando a ella por la Entidad Gestora, en el momento en que se reincorpore al trabajo, por iniciar el padre el descanso por maternidad, “deberá poner tal hecho en conocimiento de la entidad, para evitar pagos indebidos y facilitar el abono al padre de dicha prestación”.

Belén Alandete
Expansion

Discriminación rentable

Discriminación rentable

Un estudio concluye que las políticas de género en el ámbito empresarial contribuyen a mantener la desigualdad.

Las políticas de género en el ámbito laboral y empresarial que se están aplicando en los últimos años no cumplen con los objetivos marcados. Más aún, los datos estadísticos y estudios elaborados para medir el desequilibrio actual entre hombres y mujeres en la empresa contribuyen a perpetuar dichas diferencias. En esta línea se desarrolla el trabajo de la economista e investigadora de la Universidad de La Laguna, Noemí Padrón, que ha estudiado el fenómeno para elaborar su informe Teoría económica de la discriminación de género y que ha participado en el I congreso internacional de liderazgo femenino, celebrado durante esta semana en Barcelona.

Según las primeras conclusiones de su estudio, "la discriminación aumenta los beneficios de las empresas y por eso todas las empresas discriminan", explica Padrón. Según la investigadora, "las estadísticas que indican que las mujeres cobran entre un 20% y un 35% menos que los hombres en los mismos puestos contribuyen a perpetuar estas mismas diferencias salariales". Y este mismo efecto se produce con el resto de los estudios que analizan la desigualdad en el mercado laboral: "La publicación de estos datos retroalimenta los estereotipos de género en el mercado laboral y produce, en muchos casos, dinámicas socioeconómicas contraproducentes para el grupo que se desea ayudar".

Los estereotipos relacionados con la mujer y el mundo laboral abarcan desde los salarios más bajos para la misma función hasta la necesidad de implantar políticas de conciliación en las empresas o la baja productividad de las mujeres en determinados grupos de edad provocada por su dedicación a la familia. "Estudiar estos parámetros en función del género perjudica a la mujer", añade la investigadora canaria.

Para Noemí Padrón, la estrategia desarrollada por el Gobierno Zapatero - a través de la ley de Igualdad y de la creación de un Ministerio de Igualdad-no es el camino. "La aproximación a las diferencias de género a través de la igualdad es todavía muy ingenua; el siguiente paso sería desactivar la igualdad y la paridad para empezar a introducir parámetros como la identidad y el comportamiento estratégico individual", argumenta.

Y mientras la empresa sigue obteniendo rentabilidad de la discriminación basada en los estereotipos de género, la sociedad pierde toneladas de talento y la enorme inversión en tiempo y dinero que ha invertido en formar a las mujeres profesionales. Según Anna Mercadé, investigadora de la Cambra de Comerç de Barcelona especializada en mujer y empresa, la pérdida del talento femenino supone un coste de 1.000 millones de euros sólo en Catalunya. Esta cifra mide la inversión realizada en formación de mujeres que abandonan su carrera o no alcanzan un cargo correspondiente a su capacidad, básicamente porque "las organizaciones han sido creadas por hombres y la cultura empresarial es masculina", identifica Mercadé.

Diferencias salariales y de presencia

El nivel de estudios es una de las características relevantes que influyen en el nivel de salarios de los trabajadores y refleja la diferencia entre hombres y mujeres al comparar trabajos homogéneos en la titulación. En general, sin tener en cuenta otras características como la edad y la antigüedad en el puesto de trabajo, el salario anual de las mujeres fue inferior en un 30% o más al de los hombres en todos los niveles de estudios. La diferencia se incrementa tal como aumenta el nivel de estudios: en el caso de diplomatura, el gap es del 30,4%, mientras que en el nivel más alto, el de licenciados e ingenieros superiores, ellos cobran un 34% más.

Temporalidad y sexos

Parámetros como la mayor incidencia del empleo femenino en los trabajos a tiempo parcial forman parte de la precariedad del entorno laboral de las mujeres. Según el informe Hombre y mujer 2009,publicado recientemente por el Instituto Nacional de Estadística, el principal motivo por el que las mujeres han aceptado un empleo a tiempo parcial no es el intento de conciliación o las obligaciones familiares: el 38% de mujeres manifiestan que lo hacen porque "no han encontrado un trabajo a jornada completa". En el caso de los hombres, esta cifra asciende hasta el 40,5%, sólo dos puntos y medio más que las mujeres. El 23,3% de las mujeres ocupadas tiene jornada parcial, mientras que en el caso de los hombres este porcentaje es del 4,4%.

AINTZANE GASTESI
La Vanguardia

El mercado laboral español 'invita' a las mujeres a no estudiar

El mercado laboral español 'invita' a las mujeres a no estudiar

Esta semana se ha dado a conocer el último informe sobre el panorama de la educación española con datos referidos a 2007, y más allá del trazo grueso sobre la cuestión, el análisis de algunos datos concluye en una realidad desgarradora: el mercado laboral español ’invita’ a las mujeres a no estudiar. Porque en caso de que lo hagan, de que decidan adquirir algún tipo de formación académica, difícilmente tendrán acomodo en empresas afincadas en España.

Del gráfico que cruza los datos de desempleo con el nivel de formación por sexos se desprende, en primer lugar, que la tasa de paro de las mujeres dobla a la de los varones en todos y cada uno de los estratos educativos. Las mujeres que no han cursado más que estudios primarios tienen una tasa del 14% frente al 7% de desempleo que sufren los hombres con el mismo nivel formativo.

Entre aquellas que decidieron estudiar hasta Bachillerato o hasta algún ciclo formativo de grado medio, el paro es del 9%; muy superior al 5% que afecta a sus compañeros. Del mismo modo, la tasa de desempleo entre las licenciadas, del 8%, es significativamente superior al 4% de los licenciados. El caso de las doctoradas es especialmente sangrante, porque a pesar de que las mujeres sólo representaban el 35% de las personas que alcanzan ese nivel de formación, el paro se ceba con ellas y su tasa de desempleo vuelve a doblar la de sus colegas varones.

Frente a esta realidad española, los datos dicen que tanto en la UE-19 como en los países de la OCDE las diferencias en las tasas de paro entre hombres y mujeres no son superiores a dos puntos porcentuales.

“Los empresarios actúan desde el prejuicio”

En opinión de Cecilia Castaño, catedrática de Economía Aplicada en la Universidad Complutense de Madrid, estos datos constatan que a las mujeres se les exigen más credenciales profesionales a la hora de acceder a un puesto de trabajo que a los hombres. Y añade que "si los empresarios se movieran por los principios de la lógica económica, contratarían indistintamente la mano de obra formada masculina y femenina, pero no es así. Casi todos actúan desde el prejuicio".

Los trabajos empíricos que ha realizado Castaño concluyen que incluso las mujeres ejecutivas sin cargas sufren el prejuicio de que es sobre sus espaldas (y sobre las de sus parejas varones) sobre las que recaería el peso de una potencial familia en caso de que decidiera tenerla. Y eso se tiene en cuenta a la hora de contratar.

Pero aún hay más. Las mujeres españolas que han estudiado una carrera universitaria o que han cursado un ciclo de formación profesional de grado superior sufren una tasa de paro mayor (8%) que aquellos varones que abandonaron los estudios después de la primaria (7%). Blanco sobre negro. Castaño apunta una explicación.

"El modelo de crecimiento económico de los últimos años se ha basado en el ladrillo, lo que significa que el empleo que se ha creado ha sido muy poco cualificado, y en un sector, el de la construcción, totalmente masculinizado". Y esto fue lo que hizo que las tasas de paro de ese segmento de la población bajaran.  La cara mala de este fenómeno la están sufriendo los varones con la actual crisis, porque la tasa de paro de aquellos hombres que carecen de estudios ha aumentado  del 9% al 25% en cuatro años, mientras que la de las mujeres ha subido del 14% al 24% en el mismo periodo.

Resulta ‘rentable’ estudiar

¿Qué motivos tienen las mujeres para continuar esforzándose en España y seguir estudiando si son sabedoras de que el mercado laboral no las quiere? Olga Salido, profesora titular de Sociología, cree que sí tienen razones. La más importante, destaca, es que la diferencia en las tasas de paro entre aquellas mujeres que no tienen estudios frente a las que han estudiado es de 7 puntos porcentuales. “De modo que sí les merece la pena, porque les va mucho en ello”, señala Salido. Y en cambio, esta diferencia en el caso de los hombres es de tan sólo 3 puntos porcentuales.

Esta misma semana se ha sabido que la economía española ha bajado hasta el puesto 33 en la clasificación de los países más competitivos elaborada por el Foro Económico Mundial, una variable que pasa, inevitablemente, por la inversión en innovación y por la cualificación de los trabajadores. Así las cosas, con una caída del PIB del 4% y un presupuesto en Educación de 3.000 millones de euros cabe preguntarse si la economía española puede permitirse prescindir de esa mano de obra cualificada. “De lo que no cabe lugar a dudas es que el nivel de estudios superiores no es igual de rentable entre un hombre y una mujer”, concluye Salido.

El Confidencial

Las mujeres cada vez trabajan más años y se retiran con mayor edad

Las mujeres cada vez trabajan más años y se retiran con mayor edad

La vida laboral de las mujeres españolas es cada vez más duradera, algo que sumado a la permanencia de los hombres en el mercado laboral ha provocado una subida de los trabajadores de más edad en los últimos 8 años.

Las mujeres que se incorporan al mercado laboral lo hacen para quedarse el mayor tiempo posible. La tasa de empleo en las personas de edad avanzada (entre 55 y 64 años, según las instituciones europeas) se ha mantenido más o menos estable en los últimos años, y la de actividad ha crecido, en ambos casos gracias a que las mujeres trabajan cada vez más años.

En España, el 45,6% de las personas en ese tramo de edad estaban ocupadas en 2008, mientras un año antes el porcentaje era del 47,5%. Este descenso se debe al aumento del desempleo por la crisis económica. Sin embargo, la tasa de actividad (personas que tienen trabajo o lo buscan) de los mayores ha aumentado en los últimos años, hasta el 49,7%, cuando en 2007 era del 48,2%. El avance se debe sobre todo a que el número de mujeres ocupadas con más de 55 años creció en 390.000 entre 2000 y 2008, según un estudio del Consejo Económico y Social (CES).

La vida laboral de las mujeres españolas es cada vez más duradera, algo que sumado a la permanencia de los hombres en el mercado laboral ha provocado una subida de los trabajadores de más edad en los últimos 8 años. En el caso de las mujeres, el crecimiento fue del 8,2%, tasa superior a la media en Europa. En los hombres, el avance en el período fue del 4%.

Pero el punto de partida era tan distante que en el mercado laboral de España sigue habiendo una gran diferencia por sexos. El 60,9% de los hombres mayores de 55 años trabaja, «una cifra muy por encima de la media europea», mientras el porcentaje de mujeres es del 31%, resultado que está «lejos de los objetivos comunitarios y la media europea», según el CES.

La edad media de salida del mercado laboral ha aumentado en 1,3 años en Europa. En España, el incremento fue algo mayor: 1,8 años. Así, el promedio de edad en que los españoles abandonan el trabajo son 62,1 años, uno más que en la UE. Esta ventaja también se debe al avance de las mujeres españolas, que permanecieron en el mercado 2,4 años más, el doble del aumento que experimentaron los hombres. «De manera que las mujeres empleadas permanecen más tiempo en el mercado laboral que los hombres», asegura el informe.

Retiro
El año pasado la mayoría de las personas de edad avanzada salieron del mercado laboral desde la jubilación. Pero hubo diferencias por tramos: en el grupo entre 55 y 59 años una proporción destacada pasó al retiro desde la inactividad, porque perdió el empleo y le fue imposible encontrar otro. Hasta 473.100 beneficiarios de la prestación de desempleo eran en 2008 mayores de 55 años, un 19,6% de los que la recibieron.

La situación cambia para los comprendidos entre 60 y 64 años, que en su mayoría salen del mercado laboral desde la ocupación. Un sistema frecuente de tránsito es la jubilación anticipada, por la que en 2008 optaron el 45% de los que se acogieron al retiro. Los problemas económicos han reducido esa tendencia, señala el CES.

El envejecimiento de la población ha tenido repercusiones importantes en el mercado de trabajo. Eurostat prevé que la población trabajadora tenga cada vez una media de edad más alta, al tiempo que se verá más reducida.

Colpisa

El reparto desigual de las tareas del hogar influye en la baja natalidad española

El reparto desigual de las tareas del hogar influye en la baja natalidad española

Los hombres en España aún participan de forma casi testimonial en las labores del hogar y el cuidado de los hijos, lo que sitúa al país por debajo de la media del mundo desarrollado en igualdad de género y explica su baja tasa de natalidad, asgura un estudio publicado en Journal of Population of Economics.

"La situación en nuestro país está bastante mal si la comparamos con la de otros países", asegura Almudena Sevilla, investigadora del Departamento de Economía de la Universidad de Oxford y coordinadora de un estudio sobre la relación entre la división del trabajo doméstico y la formación de la pareja, publicado en la revista Journal of Population of Economics.

La experta señala enuna entrevista con EFE que si bien la sociedad no considera ya que la mujer tenga que quedarse en casa, tampoco es habitual contemplar la posibilidad de que sólo trabaje y no se ocupe de las tareas domésticas, al revés que con los hombres.

El trabajo está basado en 13.567 entrevistas realizadas en 12 países, de las cuáles 1.781 se llevaron a cabo en España. Los resultados revelan que nuestro país ocupa la octava posición en la clasificación de igualdad entre hombres y mujeres en países desarrollados, por detrás de Suecia, Noruega, Reino Unido (incluida Irlanda del Norte, que se examina aparte en la investigación), Estados Unidos, Holanda e Irlanda y por encima de Nueva Zelanda, Japón, Alemania, Austria y Australia.

La puntuación española fue de -0,08, no muy lejos del último clasificado (-0,16) y, sin embargo, a una distancia notable del primero del ránking, Suecia (0,43). En el apartado de conclusiones, el documento apunta que "los individuos que viven en países más igualitarios tienen más probabilidades de formar un hogar".

Ellas realizan cuatro de cada cinco horas de trabajo doméstico
Encuestas realizadas con anterioridad y que han sido utilizadas por Sevilla en su estudio muestran que las mujeres realizan de media en España cuatro de las cinco horas de trabajo doméstico diario, mientras que los hombres se ocupan de la hora restante.

Además, las madres españolas dedican al cuidado de sus hijos cuatro horas diarias de media de las seis que son necesarias, mientras que los padres dedican a este menester la mitad de tiempo que sus parejas, dos horas. La menor dedicación de los varones a las tareas domésticas tiene relación con el "estigma social" que entrañan este tipo de trabajos, y que sigue siendo mayor en países como España o Italia que en los nórdicos.

"Aunque la mujer hace menos trabajo doméstico que hace unos años, la carga de horas no ha disminuido en la misma proporción que el tiempo que pasa trabajando fuera de casa", subrayó la investigadora. El estudio nació con el objetivo de "ver qué está pasando con la natalidad en los países desarrollados". "Había muchos estudios sobre este tema, pero no sobre qué cosas determinan que un hombre y una mujer formen una pareja, y la mayoría de los niños nazcan en ese contexto. Por ello indagué sobre el impacto que tiene la división del trabajo doméstico en la constitución y el mantenimiento de esa unión".

La principal conclusión es que "toda esta carga que soporta la mujer en España y otros países de sus mismas características puede influir en que la tasa de natalidad sea tan baja", que en el país ibérico se sitúa en 1,46 hijos por mujer. En su opinión, "también podría explicar que la tasa de participación de la mujer en el mercado laboral en España sea una de las más bajas del mundo desarrollado al situarse en torno al 40%".

El impacto económico de la natalidad
La investigadora de la Universidad de Oxford recordó que una baja tasa de natalidad tiene un importante impacto económico, ya que conlleva el envejecimiento de la población y ello genera un mayor gasto médico y pone en peligro el sistema de pensiones. Sobre las medidas que ha aprobado el Gobierno español encaminadas a fomentar la natalidad, Sevilla destacó que aunque hayan sido útiles "hay que ir más allá de los incentivos económicos".

"Por ejemplo -resaltó-, el permiso de paternidad es discriminatorio, porque el padre no puede disfrutar de sus hijos el mismo tiempo que la madre. O con el divorcio, ya que la custodia recae casi siempre en la mujer y no debería ser así". A su juicio, todas las "políticas de igualdad" aprobadas hasta el momento "parten de la idea de hacer más fáciles las cosas a la mujer en el hogar, en vez de partir de la base de que ambos tienen la misma responsabilidad".

EFE

Los planes de igualdad en la negociación colectiva

Los planes de igualdad en la negociación colectiva

Los planes de igualdad, más de dos años después de la Ley Orgánica de Igualdad. Algunas reflexiones críticas sobre nuestro sistema de negociación colectiva Miquel Falguera i Baró.

1. Unos datos preocupantes

Leo en el magnífico newsletter de COMFIA de fecha 20 de julio (
http://www.comfia.info/noticias/50620.html) una referencia a la Circular 29/2009 de la Secretaría de Acción Sindical confederal de CCOO relativa al proceso de implantación de los planes de igualdad en las empresas, más de dos años después de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres (LOIEMH) (http://www.ccoo.es/comunes/temp/recursos/1/204248.pdf)

El resultado de ese informe no deja de ser sorprendente: en ese período, según la noticia de COMFIA, sólo se ha llegado a acuerdos concretos en treinta y cinco empresas (4 en el 2007, 18 en 2008 y 13 en lo que va de 2009). El documento no contiene –cosa extraña- valoraciones. Se limita a constatar la existencia de dificultades en esas concretas negociaciones y a poner encima de la mesa que se están negociando un número similar de planes.

Pero permitan que un servidor sí haga una valoración apresurada. Primera constatación: ¿no tiene nada que decir el primer sindicato de España respecto a unos resultados tan parcos? Habrá que recordar que el art. 45.2 LOIEMH establece la obligación de negociar planes de igualdad en todas aquellas empresas que cuenten con una plantilla superior a las 250 almas –sin perjuicio de la posibilidad de consolidar pactos en otros ámbitos inferiores por voluntad de las partes y otros supuestos concretos que no vienen al caso-. Por tanto, aproximadamente, estamos hablando de un total de 4300 empresas (si los datos estadísticos oficiales no mienten) Ergo: más de dos años después del cambio normativo menos de 1 por ciento de esas empresas han llegado a pactos concretos en esa materia. Repito: más de dos años después. Es cierto que la Ley no contempla un plazo máximo para ese desarrollo convencional. Pero, de seguirse a este ritmo, cabrá pensar que esa concreta obligación no se va a cumplir definitivamente hasta la próxima centuria. Parece que esas cifras merecerían alguna reflexión crítica.

Creo sin embargo que los datos son incompletos, como el propio informe reconoce. Si los autores y/o autoras del informe me permiten alguna aportación, debo indicarles que existen convenios o acuerdos específicos sobre planes de igualdad que no parecen ser contemplados en el documento. Así –al margen convenios sectoriales- los de Alstom Tranporte, SA (DOGC 27.08.2008), Kenchic, SL, Panrico SLU (DOGC 16.12.2008), UGT (BOE 20.03.2009), Equipos Nucleares SA (BOE 03.10.2008), etc. Y también puedo poner a su disposición las cuatro decenas de convenios de empresa que en Cataluña establecen los mecanismos de desarrollo, plasmación y obligación de negociar –generalmente, en plazos concretos- de planes de igualdad. Pero es aquí dónde surge la segunda constatación: ¿cómo es posible que CCOO carezca de datos actualizados sobre los planes de igualdad pactados? Vale: la ley no establece la obligación de publicación, como el documento señala a efectos de justificación. Pero estamos hablando de grandes empresas, no del taller mecánico de la esquina. Por tanto, de ámbitos en los que el sindicato es, generalmente, fuerte. ¿Tan difícil resulta tener una base de datos actualizada sobre los planes firmados, que permita el acceso on-line a todos los estudiosos y, especialmente, a los sindicalistas que están negociando (o van a empezar a hacerlo) acuerdos similares?

Quizás soy injusto con la conclusión a que me llevan esas dos constataciones –y si así es, pido anticipadamente disculpas-, pero me parece claro que no habido tensión sindical en esta cuestión. No parece que exista otra justificación posible a un desarrollo convencional de la Ley tan escaso y a la inexistencia de datos actualizados y públicos sobre los acuerdos.

Quizás ha ocurrido lo de siempre. Es decir, una fuerte tensión en las negociaciones previas de la Ley (recuérdese que los sindicatos abogaban por la implementación de planes de igualdad en todas las empresas, no sólo en las grandes –no quiero ni pensar en qué panorama nos hallaríamos si esa exigencia se hubiera recogido al fin por el legislador-) y luego una evidente apatía e inercia omisiva en su concreción a través de los convenios o acuerdos. Repito, el planteamiento de siempre del sindicalismo ante esas cuestiones: “Ahí está esa “cosa” de la igualdad de género que es muy importante, pero primero vamos por el turrón del incremento salarial y la reducción de la jornada o por la renovación del convenio”. Y luego, pactado el dinero o el tiempo de trabajo o la fecha de constitución de la mesa negociadora del convenio, las reivindicaciones en materia de igualdad y no discriminación se desvanecen. “El año que viene…”. Y así, año tras año.

Siempre he pensado –y así lo escrito- que la estrategia de los planes de igualdad era un evidente error. Me explico: no niego la necesidad de esos planes. Lo que sustento es que, previamente, hace falta un cambio de chip en los sindicatos. Me parece más importante plasmar acuerdos con contenidos concretos (aunque sean limitados) en materia de igualdad y no discriminación en los convenios colectivos, que grandes declaraciones, normalmente genéricas, en planes de igualdad. Entre otras cosas porque los convenios –especialmente, los sectoriales- llegan a más personas y a más empresas.
Y el hecho cierto es que el actual panorama de nuestros convenios en esta materia es desolador (o, al menos, así me lo parece).

2. El desolador panorama de la regulación de la igualdad y no discriminación por razón de género en la negociación colectiva de Cataluña

Hace años –un lustro, para ser exacto- que vengo haciendo una auditoria anual de los convenios catalanes en relación a la regulación que contienen sobre igualdad y no discriminación, acoso y violencia de género y efectos contractuales de la filiación y la situación familiar (o conciliación de la vida laboral y familiar)

Permítame el lector que plasme aquí algunos resultados, a fecha de hoy, como prueba manifiesta de lo que acabo de calificar como panorama desolador.
En materia de igualdad y no discriminación la evolución de la negociación colectiva en Cataluña desde febrero de ha evolucionado desde una regulación del 15 % en el año 2005 o un 17.1 en febrero de 2007 a prácticamente un treinta por ciento en julio del presente año.

Ahora bien, no cabe omitir que más de dos terceras partes de esos convenios contienen cláusulas genéricas y sin contenido real de desarrollo. Por tanto, sólo una tercera parte de dichas normas colectivas tienen concreciones, matizaciones o especificaciones de aquello que la Ley ya recoge.
Así –y entre los múltiples ejemplos posibles- son inexistentes o muy escasas cláusulas convencionales que doten de contenido, aunque sea no normativo, al mandato constitucional de igualdad y no discriminación, por ejemplo estableciendo la obligación de realizar auditorias de la plantilla en relación al género, la eliminación de prácticas sexistas en el lenguaje o las relaciones personales o cibernéticas entre las personas que prestan servicios en las empresas, la articulación de planes concretos de empleo igualitarios, la realización de informes de impacto de género ante nuevas contrataciones, la regulación de garantías de de contratación y mantenimiento contractual de trabajadoras embarazadas, el establecimiento de criterios neutros de encuadramiento profesional claramente regulados en el convenio, la eliminación radical de categorías feminizadas, la concreción de tutelas para la promoción paritaria con garantías ante el ejercicio por la persona afectada de sus derechos de conciliación de la vida laboral y familiar, la implementación de medidas de control de la paridad salarial por géneros, las declaraciones efectivas de igualdad por todos los conceptos retributivos –con realización en su caso de los estudios pertinentes-, la formación específica destinada a la promoción del género con menos representación en una determinada actividad o profesión, la regulación de la variante “género” en la de las personas asalariadas, el incremento de la acción positiva con contenidos concretos y el establecimiento de mecanismos de control al respecto, la tipificación de conductas sancionables en relación a prácticas discriminadoras, etc. Sin duda que este cuadro de propuestas puede ser ampliado “ad libitum” y hasta el infinito. No obstante, esta posibilidad de concreción específica por los convenios está prácticamente inexplorada –más allá de muy puntuales experiencias-, decantándose la mayor parte de normas convencionales por el establecimiento de cláusulas simplemente declarativas, de escaso o nulo contenido. En otras palabras: reiterar –muchas veces, mal- lo que ya está en la Ley o en la Constitución.

En este marco resulta especialmente trascendente la total y absoluta falta de experiencias convencionales de transversabilidad en materia de igualdad y no discriminación y conciliación de la vida laboral y familiar. Más allá de genéricas declaraciones son inexistentes convenios que en Cataluña sigan esa lógica transversal. Ninguna norma colectiva analiza, por ejemplo, la singularidad de género de la contratación a tiempo parcial, o el impacto de la realización de horas extraordinarias y en general todos los aspectos relacionados con el tiempo de trabajo en las personas con responsabilidades familiares, o la incidencia de las horas de formación profesional fuera del horario laboral, o las singularidades en materia de contratación temporal en relación con las mujeres –aún siendo el sexo más afectado por esa medida- o el establecimiento de códigos de autorregulación que permitan la participación proporcional por cuota de las trabajadoras en listas electorales, organismos de participación de la empresa o bancos sociales de los convenios, etc. También aquí los ejemplos serían prácticamente infinitos si la negociación colectiva se hubiera empapado realmente de los valores de igualdad y no discriminación y, por tanto, la concreción de sus contenidos se hubiera adoptado desde esa perspectiva.

Sin duda que el mejor convenio colectivo sería aquél que no contuviera ningún apartado específico relativo a la igualdad, porque éste hubiera sido un parámetro que se habría tenido en consideración en la regulación de todos los contenidos contractuales (salario, tiempo de trabajo, contenido de la prestación laboral, encuadramiento, contratación, régimen disciplinario, mejoras voluntarias de la Seguridad Social, prevención, etc.) Por el contrario, ésa es una lógica ausente en nuestro panorama negocial. La lógica de los convenios es otra: la adición como un añadido –un pegote-, muchas veces en la parte final del texto convencional, de una declaración genérica de igualdad y no discriminación por razón de género.

Quizás la prueba más clara de esa ausencia de una tensión sindical en esta materia la hallaremos en el hecho de que sólo 60 de los convenios catalanes regula en forma más o menos concreta algún tipo de participación de los representantes de los trabajadores en dicha cuestión. Quiero aclarar que la muestra de convenios analizada es de 1208. Por tanto, sólo un cinco por ciento de los convenios establece sistemas de participación en temas de igualdad. A lo que cabe añadir que sólo he sido capaz de hallar un único convenio que contenga referencia al relativamente nuevo mecanismo específico de autocomposición que en materia de igualdad se ha creado en el Tribunal Laboral de Catalunya.

Por el contrario, hallaremos textos convencionales que contienen cláusulas de discriminación directa o indirecta. Así, por poner algún ejemplo, son muy numerosos los redactados que contemplan categorías específicas femeninas (normalmente, de baja calificación) O, por seguir con la ejemplarificación, nueve convenios establecen “dotes” por matrimonio o filiación (de tal manera que se regulan indemnizaciones en caso de que la persona asalariada extinga o suspenda su contrato de trabajo por dicha causa) Aunque esos redactados son en teoría aplicables a cualquier trabajador con independencia del sexo –y a veces, con extensión a la constitución de parejas de hecho-, es evidente que nos hallamos ante una discriminación indirecta.

Cambiando de tercio: cabe constatar que en los últimos años se ha producido un gran incremento de la regulación de los supuestos de acoso y violencia por razón de género.

Así, en relación a los supuestos de acoso sexual o por razón de sexo, debe reseñarse que un treinta y cinco por ciento de los convenios catalanes regulan esa cuestión. Sin embargo, la mayor parte de esos convenios (el 55 por ciento, concretamente) regulan esta cuestión únicamente desde la perspectiva disciplinaria, omitiendo cualquier régimen específico de tutela de las afectadas. A lo que cabe añadir que sólo setenta convenios (un 5,8 % de la muestra) establecen mecanismos internos de aclaración de los hechos ocurridos y sólo 43 convenios (un 3,6 %) regulan esta cuestión desde la perspectiva de la prevención de riesgos psicosociales y, por tanto, como materia inserta en la salud laboral.

Por su parte, cabe destacar que en los últimos tres años también se han incrementado notablemente las cláusulas convencionales que establecen tutelas contractuales para las trabajadoras víctimas de violencia de género, que ha pasado de una observancia de un uno por ciento en febrero de 2006 a un doce por ciento en julio de 2009.

Sin embargo, también aquí es regla general que la inmensa mayoría de los textos se limitan a recoger –generalmente, en forma parcial- las medidas que en relación a la prestación laboral contempla la Ley Orgánica 1/2004. Y por lo que hace a la conciliación de la vida laboral y familiar, se repite también la tónica general del simple “corta y pega” en relación a la Ley (advertencia, aquí iba un gráfico, que no puede reproducirse por incompatibilidad con el blog)

Si se tiene en cuenta que las medidas legales relativas a la situación de filiación y familia afectan en general al tiempo de trabajo, y que éste aspecto es siempre arduo en su determinación específica y concreción individual en el Derecho del Trabajo, puede comprenderse que la misión encomendada por el legislador al convenio para que desarrolle las previsiones heterónomas en estas materias está muy lejos de cumplirse, al menos en Cataluña. A lo que cabe añadir que en muchas ocasiones, la concreción del ejercicio de esos derechos por la persona asalariada es conflictiva, al chocar con los intereses organizativos de la producción del empleador, sin que la ley ofrezca mecanismos compositivos suficientes. Es este un aspecto sobre el que tampoco la negociación colectiva catalana aporta gran cosa. Por poner alguno de los múltiples ejemplos posibles como prueba de lo expuesto: el ejercicio del derecho a la compactación en jornadas completas del permiso legal de lactancia de una hora diaria requiere, conforme al art. 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, una regulación específica en el convenio colectivo o bien, el acuerdo entre la persona asalariada y la empleadora. Es ése un mandato que han seguido, con mayor o menor fortuna desde el punto de vista de la técnica jurídica, 248 convenios de Cataluña. Sin embargo, 95 de ellos se limitan a reproducir íntegramente el texto legal citado sin más. Por tanto, el convenio colectivo afirma, en un Perogrullo evidente, que un convenio –él mismo- podrá regular dicha compactación, sin que efectivamente lo haga. Y ese vacío regulador por simple mimetismo con la Ley determina que la posibilidad y concreción de dicha compactación quede en manos de la autonomía individual de las partes (ergo, del propio empresario).

Por otra parte, tampoco son apreciables textos convencionales que aporten mejoras significativas respecto a los derechos legales. También aquí vale la pena poner algunos ejemplos, para corroborar dicha afirmación. Así, y entre otros muchos supuestos posibles:
· Como se ha denunciado por muchos autores, el derecho de la asalariada embarazada a ausentarse del trabajo para participar en cursos de técnicas de preparación al parto o la realización de diagnósticos prenatales (regulado en los artículos 37.3 f) del Estatuto y 26.5 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, con textos distintos) no ha sido extendido legalmente a la persona que vive con ella y que es el otro progenitor. Pues bien, sólo cinco convenios catalanes contemplan dicha posibilidad.
· Ítem más: la práctica convencional de regular días de libre disposición –como conocido mecanismos de reducción de la jornada- está muy extendida en los convenios de Cataluña. Sin embargo, sólo cinco convenios de ese ámbito (tres, pertenecientes a Administraciones públicas) contempla la posibilidad de ausencias retribuidas por motivos familiares. A idéntica conclusión puede llegarse respecto a la posibilidad de realizar licencias no retribuidas por causas expresamente vinculadas con la familia: sólo treinta convenios del sector privado incluyen ese supuesto.
· Probablemente la gran “prueba del nueve” sobre la sensibilidad de la negociación colectiva respecto a los aspectos personales de las personas asalariadas pasa por el establecimiento de mecanismos de permiso o licencia o flexibilidad horaria por aspectos relacionados con las necesidades personales de las familias, que son, en principio ineludibles y periódicas. Así, la posibilidad de acompañar a un hijo o a un familiar mayor dependiente al médico en caso de enfermedad o tratamiento. Pues bien, es esa una posibilidad que se recoge en casi una cuarta parte de los convenios catalanes, mientras que cinco años atrás sólo se establecía en uno de cada diez. Sin embargo, ese porcentaje que podría ser calificado “a priori” como positivo, aunque insuficiente, choca con el hecho de que sólo 31 normas colectivas (un 2,6 % del total) contemplan la posibilidad de concurrir a las reuniones pedagógicas anuales con los tutores de las hijas y los hijos de las personas trabajadoras.
· Y finalmente, por lo que hace a esta ejemplarificación, cabe observar que la posibilidad de flexibilidad horaria por causas familiares –y, en su caso, la elección de turno-, que contempla el art. 34.8 del Estatuto de los Trabajadores después de la modificación experimentada por la LOIEMH sólo se ha desarrollado en 41 de los 485 convenios publicados después de esa novación legal. Sin embargo, sólo 16 contienen efectivos contenidos, siendo el resto meras traslaciones del mentado redactado legal.

Los supuestos a contemplar para corroborar el déficit de transposición convencional denunciado serían interminables. Dejo ahí esos botones de muestra que creo –sin subjetivismos- que son bastantes elocuentes. Por eso afirmaba unas líneas más arriba que el panorama de la negociación colectiva en Cataluña en materia de igualdad es desolador. Y creo no pecar de patriotismo de vía estrecha si constato que estoy hablando de uno de los territorios con una realidad negocial más rica en toda España.

Probablemente ese sensible déficit en la negociación colectiva obedece a algo que todos sabemos, pero no nos atrevemos a escribir negro sobre blanco: la negociación sigue anclada en un modelo pasado, de matriz fordista, más proclive a la tutela de los “trabajadores-tipo” y poco permeable en la práctica (no en el discurso de los congresos sindicales o en sus escritos teóricos) a adaptarse a la nueva composición del colectivo asalariado (no voy a hablar aquí de la adaptación al nuevo modelo productivo, que esa es otra).

Las reivindicaciones de igualdad de género y de ejercicio de las obligaciones derivadas del hecho familiar estarán siempre a la cola de la plataforma, y son fácilmente intercambiables por dinero. Aunque, probablemente, cada vez haya más componentes del colectivo asalariado que, por ejemplo, prefieran una flexibilidad del tiempo de trabajo que un incremento porcentual mínimo del salario o una reducción imperceptible de la jornada anual. Pero eso no se cambia con ninguna ley –ni con cinco mil planes de igualdad-, sino con una auténtica revolución generacional y de género en los sindicatos, los organismos de representación y las mesas de negociación. Quizás era excesivo pedirle al legislador que estableciera sistemas de cuotas en los órganos colectivos expresados que, además, sería susceptible de resultar una posible intromisión heterónoma en la autonomía colectiva (aunque quiero recordar que, con medidas disuasorias, la LOIEMH sí los contempla para los organismos de dirección de las sociedades mercantiles)… Pero ¿tan difícil es un gran pacto confederal –o un código de autoconducta en cada organización- que tendiera –al menos, tendiera- hacia una proporcionalidad en cargos internos del sindicato dentro y fuera de la empresa, los comités de empresa y delegados de personal y la composición del banco social?

Si no, ocurre lo que creo que hace ya muchos, demasiados años, está ocurriendo: la negociación colectiva se está convirtiendo en un arma en manos de los trabajadores-tipo –de lógica, formación y cultura fordista-, que tienden a extender sus reivindicaciones a todo el colectivo asalariado. Y ocurre que esos trabajadores-tipo son cada vez menos dentro de ese colectivo. De esta manera, la negociación colectiva –que surgió como instrumento de igualdad- puede convertirse en un instrumento de desigualdad. Y ya no son sólo las trabajadoras: dobles escalas, jubilaciones forzosas, contratos temporales que se prolongan convencionalmente hasta el máximo legal sin causa efectiva, inexistencia de tutelas reales para los trabajadores que prestan servicios para las empresas subcontratadas, omisión de la regulación de la situación de los trabajadores extranjeros y sus particularidades, ninguneo en la práctica de los asalariados discapacitados…. Demasiadas luces de alarma, a mi entender, co
mo para que no empiecen a dar golpes encima de la mesa.

Miquel Falguera i Baró.

Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Metiendo Bulla

Patronal y sindicatos europeos pactan aumentar la duración mínima del permiso parental de 3 a 4 meses

Patronal y sindicatos europeos pactan aumentar la duración mínima del permiso parental de 3 a 4 meses

Patronal y sindicatos europeos firmaron hoy el acuerdo para aumentar en toda la UE la duración mínima del permiso parental, el que tiene como finalidad el cuidado de los hijos pequeños por parte de la madre o del padre, de 3 a 4 meses por progenitor.

El acuerdo se aplicará a todos los trabajadores por cuenta ajena, independientemente del tipo de contrato.

En la actualidad, existen grandes diferencias entre los países de la UE en cuanto a la duración y la remuneración o no del permiso parental. En algunos países, como Dinamarca, Alemania, Finlandia, Suecia o los países bálticos, se concede una remuneración de entre el 60% y el 100% del salario. En otros, como España, donde el permiso parental puede durar hasta tres años, o Reino Unido no hay ninguna remuneración

El nuevo acuerdo marco celebrado por los interlocutores sociales europeos, que no se pronuncia sobre la cuestión de la remuneración, es el resultado de seis meses de negociaciones y sustituye al primer acuerdo sobre permiso parental, que data de 1995.

"Este acuerdo prueba que la concertación social europea funciona y da resultados concretos para los trabajadores y las empresas en Europa", dijo el comisario de Empleo, Vladimir Spidla, en un comunicado. "Aborda en concreto uno de los objetivos prioritarios para la igualdad entre los hombres y las mujeres y demuestra la voluntad de hallar soluciones para mejorar el equilibrio entre la familia y el trabajo, teniendo en cuenta la diversidad de las legislaciones nacionales, las prácticas y las tradiciones", resaltó.

El pacto ha sido firmado por la Confederación Europea de Sindicatos (CES), la patronal europea BusinessEurope, el Centro Europeo de Empresarios y Empresas de Servicios Públicos (CEEP, por sus siglas en inglés) y UEAPME, una organización que representa a las PYMES.

Además de aumentar la duración del permiso parental de 3 a 4 meses para cada progenitor, establece que uno de los 4 meses no podrá transferirse de un progenitor al otro. Además, aclara que esto se aplica a todos los trabajadores, independientemente del tipo de contrato que tengan (temporal, tiempo parcial, etc.).

El acuerdo también permite que los progenitores que se reincorporan al trabajo después del permiso pidan la adaptación de las condiciones de trabajo (por ejemplo, de las horas de trabajo). Y aumenta la protección no solo contra el despido, sino también contra todo trato desfavorable debido al ejercicio del derecho a permiso parental.

Ahora la Comisión debe examinar las disposiciones del acuerdo. Antes del verano propondrá a los Veintisiete que se aplique mediante una directiva, que debería ser aprobada por mayoría cualificada.

Europa Press

Las españolas ocupan el 37% de los puestos de trabajo y ganan un 27% menos

Las españolas ocupan el 37% de los puestos de trabajo y ganan un 27% menos

La diferencia salarial entre hombres y mujeres tiene dos causas, que la mujer cobra menos que los hombres en igual puesto de trabajo y que la cuota de presencia femenina aún se reduce más en los puestos mejor pagados, en especial, en los puestos directivos.

Las mujeres españolas ocupan el 37% de los puestos de trabajo y su retribución es un 27% inferior a la de los hombres, según el estudio Diferencias salariales hombre-mujer, según posición y nivel formativo se ha redactado sobre una muestra de más de 150.000 salarios elaborado por la consultora de recursos humanos ICSA y por la escuela de negocios EADA.

La diferencia salarial entre hombres y mujeres tiene dos causas, que la mujer cobra menos que los hombres en igual puesto de trabajo y que la cuota de presencia femenina aún se reduce más en los puestos mejor pagados, en especial, en los puestos directivos.

Además del género, otra variable que afecta a los salarios es la educación y, según el estudio, hay una relación directa entre formación y salario, ya que cuanto más alta es la formación, más alto es el salario, y la diferencia se acrecienta a lo largo de la trayectoria profesional.

El informe también compara los datos retributivos con Francia e Italia, y mientras que en España las mujeres tienen mayor presencia laboral que sus vecinos, el 37% frente al 32% de Francia y el 23% de Italia, las diferencias salariales son más acusadas en nuestro país, menos 27% en España, menos 26% en Italia y menos 21% en Francia.

Expansion

El permiso de paternidad se ampliará a un mes en el 2011

El permiso de paternidad se ampliará a un mes en el 2011

Los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados proponen ampliar de 15 días a cuatro semanas el permiso de paternidad en los casos de nacimiento, acogida o adopción, medida que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2011.

El varón debe implicarse desde el primer momento en el cuidado de sus hijos, algo que, a juicio de es la fórmula más conciliar la vida familiar y laboral de los progenitores, sobre todo, de la madre. Por ello, y utilizando este argumento, se acordo ayer incrementar en dos semanas el permiso de paternidad: de los quince actuales, a un mes a partir del año 2011.

El acuerdo, que deberá recibir el apoyo de todos los grupos parlamentarios en la comisión de Igualdad el próximo 18 de junio (en diciembre, todos los grupos apoyaron la iniciativa, por lo que se espera el acuerdo unánime), supone adelantar en dos años una medida prevista en la ley de Igualdad y que apuntaba a ampliar a un mes el permiso de paternidad por nacimiento, adopción o acogida para el 2013.

El acuerdo, promovido por la diputada de Mercè Pigem junto con su colega Isabel López Chamosa, establece el 1 de enero del 2011 como el momento de la entrada en vigor de esta medida. Según los socialistas, la idea inicial era haberlo ampliado para el próximo año, pero ante la crisis económica se ha considerado "oportuno retrasarlo doce meses", ya que para entonces, y según las previsiones del Gobierno, "lo peor de la actual situación económica habrá pasado".

En este sentido, Pigem recordó que esta medida no tiene coste alguno para los empresarios, ya que es financiada directamente por la Seguridad Social, como ocurre con las 16 semanas de permiso de maternidad. La diputada insiste en que el permiso de paternidad es "el instrumento más efectivo" no sólo para conseguir avances en la conciliación de la vida familiar y laboral, sino uno de los instrumentos más efectivos en materia de igualdad. "En este momento, la mujer se ve obligada a renunciar a la promoción laboral a consecuencia de su maternidad, ya que es ella la que normalmente lleva sobre sus hombros la crianza. "Implicar al padre desde el primer momento en su paternidad le lleva a corresponsabilizarse de la crianza del niño", indicó Mercè Pigem.

Estas palabras fueron compartidas por todos los grupos parlamentarios que apoyaron la ley de Igualdad en marzo del 2007, y que incluía por primera vez en España un permiso de paternidad. Entonces, el Gobierno defendió esta medida en la necesidad de equilibrar el peso que conlleva tener hijos y que históricamente ha recaído en la madre. En estos dos años de la entrada en vigor del permiso, más de 350.000 varones se han acogido a él.

Pero, a juzgar por los datos que se extraen del estudio Absentismo laboral: el colesterol de la empresa,realizado por EOI Escuela de Negocios, la mujer sigue, en este momento y pese a los avances legislativos en materia de conciliación, cargando casi en exclusiva las responsabilidades domésticas, incluidas la crianza de los hijos. El estudio señala que las féminas son las que "se ausentan en más jornadas laborales, una media de 4,4, si los motivos son por conciliar su vida familiar con la laboral, frente a los 1,7 días de los hombres". Curiosamente, según se desprende del citado estudio, cuando los motivos son por enfermedad, los hombres faltan 8,4 días al año, frente a los 6,3 de las mujeres. Y si la causa es por un accidente, las mujeres sólo se ausentan durante 1,8 días, mientras que los hombres no acuden al trabajo durante 2,8 días.

Estos datos revelan que la maternidad sigue siendo un lastre para el empleo femenino, tanto para la contratación como para alcanzar cotas directivas, algo que también intenta paliar la ley de Igualdad estableciendo cuotas paritarias en los órganos de dirección de las empresas públicas.

El acuerdo alcanzado ayer da un paso más en materia de igualdad y de conciliación. Según explicó la diputada Pigem a La Vanguardia,el compromiso implica también a las comunidades autónomas, a las que se les insta a dar publicidad a esta ampliación del permiso paternal, junto a campañas dirigidas a fomentar la corresponsabilidad de hombres y mujeres en los asuntos domésticos, con el objeto de conseguir que "ningún padre se quede sin disfrutar de este mes de implicación en las labores de cuidado de su hijo, lo que le llevará a establecer las bases para el cuidado de sus hijos". Además, será obligatorio realizar un informe anual sobre este permiso de paternidad para poder evaluar, y corregir si fuera necesario, las medidas adoptadas.

CELESTE LÓPEZ

La legislación en el resto de Europa

BÉLGICA. 10 días En el año 2002 se aprobó en Bélgica la ley que prevé un permiso de paternidad de 10 días, aunque sólo 3 son remunerados al 100%. Los 7 días restantes, el padre recibe el 82% del salario bruto. Debe disfrutar los 10 días de permiso entre los cuatro primeros meses tras el nacimiento del bebé y puede elegir hacerlo de forma escalonada o en días consecutivos. Además, la ley establece que, para disfrutar de los 3 días remunerados, el padre debe dar aviso a la empresa con suficiente antelación.

DINAMARCA. 2 semanas En Dinamarca, uno de los países europeos con una tasa de natalidad más alta, el permiso de paternidad es de 14 días. Durante la baja, el padre recibe el total de su salario. Además, con el objetivo de igualar los derechos de hombres y mujeres, el padre y la madre pueden repartirse 52 semanas más recibiendo el 60% del sueldo. Aunque el permiso de paternidad no es obligatorio en Dinamarca, las estadísticas muestran que cada vez hay más daneses que no renuncian a él.

FRANCIA. 11 días Los hombres que acaben de ser padres tienen derecho a por lo menos 11 días de baja, que deben disfrutar obligatoriamente en días consecutivos. Si el nacimiento es múltiple, entonces el permiso es de 18 días. El permiso de paternidad no es en ningún caso forzoso. Igual que en Bélgica, los padres franceses pueden escoger la fecha de inicio del permiso de 11 días, pero en cualquier caso tiene que ser dentro de los cuatro primeros meses de vida del bebé. La ley está en vigor desde el año 2002.

LETONIA. 10 días En Letonia, el Gobierno aprobó en el 2004 el permiso de paternidad de 10 días, a disfrutar dentro de los dos primeros meses desde el nacimiento del niño. En el caso del fallecimiento o renuncia de la madre, el padre dispone de 70 días de permiso con el 100% del sueldo. Además, los padres se pueden repartir hasta un año y medio de permiso sin sueldo. La baja paternal no sólo no es obligatoria, sino que además muy pocos padres ejercen el derecho a disfrutarla: por cada 5 mujeres que cogen la baja maternal, sólo un hombre disfruta del permiso.

PORTUGAL. 5 días En Portugal, los padres sólo disponen de 5 días de permiso, pero el Gobierno actual está en negociaciones con los sindicatos para ampliarlo hasta los 10 días. La ley se podría aprobar dentro de este mismo año. Los 5 días laborables se pueden disfrutar de dos formas: o bien de forma escalonada o bien seguidos; en cualquier caso, siempre durante el primer mes de vida del bebé. En ningún caso es obligatorio acogerse a la baja por paternidad, aunque muchos padres portugueses lo hacen.

FINLANDIA. 18 días Desde el 2003, la baja paternal de Finlandia es una de las más generosas de toda la Unión Europea: 18 días laborables totalmente remunerados. Además, el Gobierno finlandés ha creado el llamado bonus leave para incentivar los permisos paternales: si el padre no renuncia a la baja, recibe una compensación económica. Gracias a este invento, los hombres que disfrutan de los permisos de paternidad se han incrementado un 25% en los últimos años.

ESLOVENIA. 90 días Eslovenia es el país europeo con una baja de paternidad más extensa. Desde el año 2005, los padres pueden disfrutar de 90 días de permiso. Los primeros 15 días deben disfrutarse durante el periodo de baja de la madre, y el padre recibe en 100% de su salario. El resto de los días de permiso el padre puede utilizarlos cuando quiera aunque siempre dentro de los 3 primeros años de vida de su hijo. A pesar de esta flexibilidad, hay pocos padres que utilicen los 90 días de permiso.

REINO UNIDO. 2 semanas En el Reino Unido, el padre tiene dos semanas de permiso de paternidad que puede disfrutar dentro de los 56 primeros días desde el nacimiento del bebé. No es un permiso obligatorio y se pueden acoger a la baja paternal tanto el padre biológico del niño, como el marido o pareja de la madre biológica, incluso cuando se trata de parejas del mismo sexo. En el caso de las adopciones, la legislación británica también prevé un permiso de dos semanas para el padre.

LAIA FORÈS

¿Son suficientes 30 días de permiso?

Según datos de la Seguridad Social, casi un 80% de los hombres se está tomando alguna parte de los actuales 13 días de permiso por paternidad. Esto demuestra que los padres pueden cuidar, y que cuando tienen el derecho intransferible para ellos, lo ejercen. En ese sentido, mejor cuatro semanas que dos, y mejor dos que ninguna. Y precisamente porque el permiso de paternidad es tan efectivo, ¿por qué esperar al 2011 para ampliarlo a cuatro semanas? Ya el 9/ XII/ 2008 el Congreso reclamó al Gobierno, por unanimidad, que acelerase los trámites para esa ampliación. Y ya en el 2004 todos los grupos parlamentarios habían votado a favor de las cuatro semanas, aunque nunca al mismo tiempo. ¿Hay alguna razón para establecer como objetivo futuro que los hombres cuiden a sus bebés la cuarta parte que las mujeres? La crisis no es argumento para el retraso, sino que, por el contrario, hace aún más urgente establecer el objetivo de paridad en la corresponsabilidad. El modelo actual de desigualdad, ya sea con dos o con cuatro semanas, sigue reflejando una concepción desfasada según la cual los hombres ayudan pero el cuidado es, mayormente, cosa de mujeres. Mientras las mujeres sigan llevando la etiqueta de "menos disponible", las empresas se negarán a contratarlas o las colocarán en puestos precarios y fáciles de sustituir. Si esto ya era así en momentos de bonanza, es aún más grave en época de crisis.

La sociedad ya apuesta por la igualdad. Conceder a los padres el derecho a una prestación de la Seguridad Social, que les corresponde por sus contribuciones, es asunto de justicia con ellos, con las madres, con las mujeres en general y con niños y niñas, que merecen el cuidado de sus papás igual que el de sus mamás. Pero además es rentable y necesario para que las mujeres puedan acceder al empleo de calidad, lo que no será posible si los hombres no asumen su 50% del cuidado.

Por todo ello, la Plataforma por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción (Ppiina) promueve una ley que establezca el objetivo de que los permisos de maternidad y paternidad sean intransferibles, de igual duración y con la misma parte obligatoria. Si se estima necesario que la ampliación del permiso de paternidad sea progresiva, en la propia ley se pueden articular las medidas transitorias para llegar en un plazo razonable a la igualdad. Pero hoy en día ya no es de recibo seguir manteniendo objetivos de desigualdad.

MARÍA PAZOS MORÁN  - Portavoz de la Ppiina www. igualeseintransferibles. org

La Vanguardia

Trabajo, embarazo y lactancia

Trabajo, embarazo y lactancia

Si se avanza en que las mujeres embarazadas y lactantes trabajen sin poner en riesgo su salud y la de su descendencia, se avanzará en la mejora de las condiciones de trabajo y salud del conjunto de la población.

En los últimos meses se han aprobado dos modificaciones de la normativa sobre protección de mujeres embarazadas y lactantes que, prácticamente, cierran el círculo del desarrollo reglamentario de la protección de la salud de las trabajadoras embarazadas o lactantes, y de su descendencia. Una de ellas establece una lista no exhaustiva de riesgos que se deben evaluar o que están prohibidos durante el embarazo o la lactancia (1). La otra, desarrolla el procedimiento para la solicitud del subsidio por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural (2).

Es interesante resaltar que se han necesitado 16 años para la transposición de la directiva de protección de las mujeres embarazadas y lactantes en el trabajo, de manera que todo parece indicar que no ha sido un tema prioritario para los diferentes Gobiernos. Tras esta historia de 16 años existe un trabajo de iniciativas y presión sindical muy importante, y muchas de las propuestas han sido recogidas. Se puede afirmar que hoy existe un marco normativo favorable a la prevención del riesgo para el embarazo y la lactancia, pero con igual fuerza planteamos que existen algunos obstáculos, principalmente en lo que se refiere a la exposición a substancias químicas y los riesgos psicosociales.

Uno de los problemas principales es que la norma permite la exposición a substancias tóxicas que el conocimiento científico señala que son nocivos para el feto o el o la recién nacida. Nos referimos, entre otras substancias, a los disruptores endocrinos y los cancerígenos. Ni más ni menos, la norma considera que los niveles de exposición a cancerígenos de trabajadores varones (población sobre la que se hacen las valoraciones de riesgo) son aceptables para los fetos en desarrollo y recién nacidos. El otro obstáculo importante es que no se incluyen entre los riesgos a evaluar, ni prohibir, los riesgos psicosociales (horarios de trabajo inadecuados, trabajos aislados, vulnerabilidad ante situaciones de estrés, etc.) ni otros riesgos como trabajos en altura, ausencia de zonas de descanso, etc., incluidas en las directrices para la evaluación de riesgos de embarazadas y lactantes de la Comisión Europea (3).

Para mejorar esta situación existen dos instrumentos. Uno, cercano, es la guía que tiene que desarrollar el Ministerio de Trabajo para orientar la evaluación del riesgo durante el embarazo y la lactancia. El otro, a tres años vista, es la evaluación y modificación, si es preciso, de la lista de riesgos. CCOO seguirá presionado para superar los obstáculos actuales. Dicha presión también deberá darse en las empresas cuando se aborden las prácticas de prevención en torno a la salud de las mujeres embarazadas y lactantes.

Es importante recordar algunas ideas clave en relación a la prevención de la salud de las mujeres embarazadas, lactantes y de su descendencia: primera, el embarazo y la lactancia son estados de salud, y las que están “enfermas” son las condiciones de trabajo; el objetivo es que todos los puestos de trabajo puedan ser ocupados por el conjunto de la población, también por las mujeres embarazadas y lactantes. Segunda, la prevención en las empresas es posible y las embarazadas y lactantes pueden trabajar, y además, es una obligación legal (todas las empresas deben incorporar los riesgos para la reproducción en la evaluación de riesgos y en la planificación preventiva). Tercera, la ley de 1995, de prevención de riesgos laborales señala que todas las empresas deben contar con una relación de puestos de trabajo exentos de riesgos para el embarazo y la lactancia, y dicha relación se debe realizar con la participación de la representación sindical. Y, finalmente, si a pesar de las medidas preventivas, o bien, si éstas no se han realizado y existen riesgos para las mujeres, se debe garantizar el derecho a la prestación por riesgo durante el embarazo y la lactancia. Si se avanza en que las mujeres embarazadas y lactantes trabajen sin poner en riesgo su salud y la de su descendencia, se avanzará en la mejora de las condiciones de trabajo y salud del conjunto de la población.

 

Dolores Romano es coordinadora del Área de Riesgo Químico de ISTAS; Neus Moreno es responsable en funciones del Departamento de Salut Laboral de la CONC y Jaime González es coordinador de Mutuas de la Secretaría de Salud Laboral de la Confederación Sindical de CCOO.

 

(1) Real Decreto 298/2009, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia.

(2) Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.

(3) COM (2000) 466 final.

 

Revista Trabajadora

"La maternidad motiva la mayoría de los casos de discriminación sexual"

"La maternidad motiva la mayoría de los casos de discriminación sexual"

La mayor parte de los casos de discriminación sexual que se producen en España en la actualidad "derivan de la maternidad y de una intolerancia absoluta hacia ella", según Inmaculada Gilaberte, psiquiatra y autora del libro Equilibristas. Entre la maternidad y la profesión.

La autora del libro, editado por Alienta Editorial, cree que la conciliación "es una asignatura pendiente" en la vida de la mujer que tiene que resolverse para que las españolas "dejen de tener miedo a ser madres". En este sentido, para Gilaberte las mujeres "tienden a pensar que la maternidad penalizará su carrera profesional y que les alejará de ese puesto en la sociedad al que tanto les costó llegar". Como consecuencia, una de cada cinco mujeres no tiene a su primer hijo hasta después de los 35 años, según datos del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), "ese miedo las conduce a arriesgar su fertilidad porque esperan a las últimas campanadas del reloj biológico para tomar la decisión", afirma la experta en declaraciones a Europa Press.

"La conciliación laboral es una necesidad y un derecho de las trabajadoras", apuntó la psiquiatra, quien subrayó que es fundamental "para mantener una mínima estabililidad familiar". Sin embargo, en su opinión, "muchas mujeres se sienten incapaces de compaginar ambos roles, especialmente si las primeras etapas de crianza de sus hijos coincide con un momento ascendente de desarrollo profesional". "Debemos encontrar un arquetipo de progresión laboral que se adapte a nuestro ciclo vital y en el que quepa la maternidad", aconsejó.

"La escritura de Equilibristas surgió de la necesidad de ordenar mi propia experiencia maternal", reconoció Gilaberte. No obstante, pretende que su libro sea reflejo de la complejidad de ser madre en la sociedad actual "que no quiere darse cuenta de las condiciones en que la ejercemos". "Me encantaría que las madres se sintieran orgullosas de su maternidad y se dieran cuenta de la riqueza que aporta, reivindicando su valoración", afirmó.

La autora considera que la discriminación por maternidad "es una injusticia social que no debería permitirse". "No suele ser una marginación abierta, por eso es más difícil de atajar, pero muchas madres son conscientes de que se las ha arrinconado en su profesión o de las mantienen ancladas en puestos muy por debajo de sus posibilidades", declaró. Sin embargo, matizó que en la actualidad la tecnología "hace totalmente asequible la conciliación tanto para los trabajadoras como para las empresas".

El permiso por maternidad, indispensable
"La prensa nos abruma enseñándonos a algunas mujeres triunfadoras que dicen no poder permitirse estar ausentes de su carrera para cuidar a su hijo", señaló Gilaberte en referencia al permiso por maternidad. Para ella, esta práctica "es un derecho que todos los ciudadanos han de defender y respetar por el bien de la sociedad". "Son días de insólito desarrollo personal en la vida de cualquier madre y semanas preciosas en la de los hijos", recalcó.

La experta cree que el Gobierno debería crear un observatorio específico dentro del Ministerio de Igualdad "que ayude a prevenir e impedir la discriminación y la intolerancia relacionada con la maternidad". "Es necesario un organismo que ayude a evidenciar el alto valor social de la maternidad, ya que tiene la obligación de ayudarnos a ser mejores madres y mejores profesionales", exigió Gilaberte.

Pese a que la experiencia maternal conlleva asumir responsabilidades y nuevas exigencias, añadió, "propicia un desarrollo personal inaudito y ofrece a la mujer una energía y una plenitud inauditas. Aunque, hoy en día, ni el edulcorado márketing del día de la madre ahuyenta el recelo que sienten las españolas hacia la maternidad".

Expansion

Medidas de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral de la Ley de Igualdad

Medidas de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral de la Ley de Igualdad

De la aprobación de la Ley de Igualdad se despreden medidas sobre permiso de maternidad, paternidad, excedencias, vacaciones y permisos.

La Eurocámara pide ampliar la baja por maternidad mínima de 14 a 20 semanas

La Eurocámara pide ampliar la baja por maternidad mínima de 14 a 20 semanas

La comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género de la Eurocámara pidió hoy ampliar la duración mínima en toda la UE de la baja por maternidad de 14 a 20 semanas, seis de las cuales deberán tomarse obligatoriamente después del parto.

El objetivo de esta iniciativa es mejorar la conciliación entre la vida familiar y profesional de las mujeres. En España, la duración actual de la baja por maternidad es de 16 semanas.

El Parlamento va más lejos que la propuesta inicial de la Comisión, que abogaba por situar la baja por maternidad mínima en 18 semanas. Sin embargo, algunos Estados miembros, como Alemania, Austria o Países Bajos, ven con reticencias incluso la extensión que propone el Ejecutivo comunitario. Para que se apruebe la nueva norma es necesario un acuerdo entre la Eurocámara y los Veintisiete.

En la actualidad, la duración de la baja por maternidad varía entre las 14 semanas en un pequeño número de Estados miembros como Alemania y las 28 semanas en otros como República Checa. En algunas circunstancias, puede alcanzar las 52 semanas, aunque sólo una parte de este periodo está remunerado.

La comisión de Derechos de la Mujer reclama además que las mujeres de baja por maternidad reciban su salario completo durante las seis semanas posteriores al parto. El objetivo es evitar penalizar a las mujeres que tienen hijos. Para el resto del permiso, el salario mínimo deberá ser al menos el 85%.

También en este punto, el Parlamento se distancia de la propuesta inicial del Ejecutivo comunitario, que reclamaba como regla general el salario completo durante todo el permiso de maternidad. No obstante, se autorizaba a los Estados miembros a fijar determinados límites, siempre que el importe final no sea inferior a la prestación por enfermedad.

La Eurocámara reclama también introducir en la legislación comunitaria un permiso de paternidad obligatorio de dos semanas como mínimo que deberá tomarse después del parto. Ni la Comisión ni los Veintisiete apoyan de momento introducir la baja por paternidad en esta directiva.

La legislación europea ya prohíbe despedir a una mujer que se encuentre de baja por maternidad. El Parlamento quiere reforzar esta protección y exige que cualquier despido que se produzca en los 12 meses siguientes esté motivado por escrito y no esté ligado a la maternidad.

La norma fue respaldada en la comisión de Derechos de la Mujer por 18 votos a favor, 6 en contra y 5 abstenciones y se votará en el pleno en primera lectura durante el mes de mayo. Por su parte, los Veintisiete todavía están lejos de alcanzar una posición común. Bruselas espera que la norma se apruebe a lo largo de este año.

Europa Press

¿Es ético llevarse al bebé al trabajo?

¿Es ético llevarse al bebé al trabajo?

Me parece razonable que la madre pueda ejercer la lactancia en su entorno labora.

Una de las dificultades más visibles en nuestro tipo de sociedades consiste en conciliar la vida laboral con las obligaciones que derivan de la maternidad y de la paternidad. El conflicto de lealtades está muy presente en la vida cotidiana y eso causa formas de culpabilidad y de malestar existencial que, de ningún modo, son deseables. Las exigencias de competitividad yde eficiencia crean un tipo de entorno donde el cuidado y la atención a los hijos resultan muy difíciles. El drama consiste en tener que elegir, en no poder desarrollar armónicamente el proyecto profesional que uno libremente elige y, a la vez, asumir las responsabilidades familiares.

El sistema tradicional ha sido superado, de tal modo que aquellos roles que se asignaban, por definición, al hombre y a la mujer se han transformado radicalmente; pero el nuevo marco de corresponsabilidad todavía está muy lejos de lo que debería ser. En la inmensa mayoría de los casos, la mujer carga, prácticamente, con todo el peso de la familia, además de tener que demostrar su valía profesional.

Los nostálgicos sienten añoranza de aquella sociedad en la que los roles estaban definidos claramente y cada uno sabía cuál era su lugar en el orden del mundo. Se olvidan estos de que en ese supuesto paraíso se coartaba la libertad y se amputaban las capacidades y los talentos de la mujer en el mundo profesional. Los movimientos de liberación y de emancipación del siglo XX abrieron un nuevo marco que, todavía hoy, y especialmente en el área del Mediterráneo, choca con los hábitos y las rutinas del entorno laboral.

Toda mujer tiene derecho a elegir su profesión, pero también a asumir su maternidad sin tener que sacrificar una en aras de la otra. Sin embargo, muchas veces no es así. En determinados cargos de responsabilidad se exige una vida unidimensional, en el sentido de Herbert Marcuse, dedicada íntegramente al trabajo, a la producción y a la rentabilidad. Eso hace prácticamente imposible el cuidado, la atención y la práctica de la maternidad. Las empresas deberían ser receptivas a esta situación y hacer todo lo posible para evitar situaciones embarazosas.

La revolución de los roles y de los hábitos de vida, de los sistemas de cuidado, no se ha acompañado de una revolución de los hábitos de trabajo. Me parece razonable que, en el periodo de lactancia, una madre pueda ejercer tal función en su entorno laboral, siempre y cuando pueda hacerlo en un ámbito privado donde se respete su intimidad. Lo que resulta inaceptable es tener que renunciar a esta experiencia por una organización laboral opaca a los cambios y transformaciones sociales.

FRANCESC TORRALBA - Director de la Cátedra Ethos de la URL
La Vanguardia

La crisis afecta más a la mujer por la desigualdad previa

La crisis afecta más a la mujer por la desigualdad previa

CC.OO. alerta en un comunicado que la crisis económica está afectando más a las mujeres trabajadoras porque parten de una situación previa de desigualdad en el mercado laboral.

CC.OO. denuncia que el paro de largo duración afecta más a las mujeres pese a disponer de un mayor nivel de educación que los hombres, lo que significa que las mujeres necesitan de una mejor formación que los hombres para obtener mayor ocupación.

A juicio del sindicato, estas cifras se deben a que las trabajadores femeninas parten de peores condiciones laborales previas, por lo que remarcan la importancia de evitar que las mujeres queden relegadas de la actividad laboral. "Las mujeres afrontamos la crisis con peores condiciones", aseguró la secretaria de la Mujer de CC.OO., Ester Boixadera, en una rueda de prensa convocada a primeros de marzo con el motivo del Día Mundial de la Mujer Trabajadora.

Pese a que el aumento del paro está afectando por primera vez en los últimos años en mayor medida a los trabajadores masculinos -la tasa de paro es del 12,25% en los hombres frente al 11,5% en las mujeres-, CC.OO. afirma que los incrementos en la cifra de parados son muy similares en ambos sexos.

El sindicato ha pedido a las administraciones que la crisis no paralice el impulso a políticas de promoción de la igualdad de oportunidades, pues la precariedad laboral sigue afectando especialmente al género femenino. En este sentido, reclaman medidas especificas para que las mujeres trabajadoras no "paguen" las consecuencias de la coyuntura económica actual.

Las causas de este desequilibrio son, según CC.OO., la falta de políticas de igualdad en las empresas y el hecho de que los puestos de menor valor ocupacional sean ocupados mayoritariamente por mujeres. La precariedad laboral también afecta especialmente a las mujeres, pues para ocuparse de tareas familiares y domésticas copan la mayoría de trabajos a tiempo parcial. Del total de empleados masculinos, un 5% trabaja a tiempo parcial, mientras que en el caso de las mujeres son el 25%, y la precariedad laboral se acentúa en las trabajadoras jóvenes y en las inmigrantes.

El sindicato solicita a los poderes públicos una mejora de la política fiscal, "más justa y progresiva", que permita liberar recursos para políticas sociales, así como reclaman la aprobación de la Renta garantiza de ciudadanía, incorporada en el Estatut de Cataluña, para favorecer la cohesión social y evitar que la pobreza sea cada vez más femenina. En el ámbito laboral, el sindicato solicita la creación de ocupaciones de calidad, de alto valor añadido, que faciliten la conciliación de la vida personal y laboral.

Segregación laboral

La segregación ocupacional es muy significativa, ya que las mujeres copan la mayoría de profesiones relacionadas con actividades de servicio, comercio y educación, mientras que los hombres son dominantes en la construcción, la metalúrgica y el transporte, y en todos los sectores se mantiene la ya conocida desigualdad salarial femenina. En Cataluña, la brecha salarial se sitúa alrededor del 30%, un valor por encima de la media española.

Expansion