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Unión Sindical Obrera - Mutua MMT Seguros

Contratos, Pagas y Salario

Las indemnizaciones por despido pagarán impuestos por primera vez en la historia

Las indemnizaciones por despido pagarán impuestos por primera vez en la historia

Las indemnizaciones por despido tributarán más tras la entrada en vigor de la reforma fiscal del Gobierno, aunque contarán con un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado.  Así, lo ha señalado el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, en una rueda de prensa junto al ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, para explicar las líneas generales de la reforma.

De este modo, los contribuyentes con sueldos de 20.000 euros al año que vayan a recibir una indemnización por despido de 1.833 euros por año seguirán exentos de tributación. De la misma forma, todos los contribuyentes que hayan tenido sueldos inferiores a 20.000 euros seguirán disfrutando de la exención del 100% de su indemnización si son despedidos.

En cambio, los que hayan percibido un sueldo de 30.000 euros al año y tengan derecho a una indemnización de 2.750 euros por año disfrutarán de una exención del 72,72% del total. Los que cobren 40.000 euros al año y tengan derecho a una indemnización de 3.666 euros por año tendrán derecho a una exención del 54,55%, mientras que los que perciban un sueldo de 50.000 euros y vayan a recibir una indemnización de 4.583 euros al año disfrutarán de una exención del 43,64%.

Por su parte, los contribuyentes que hayan cobrado un sueldo de 100.000 euros al año y, tras ser despedidos, tengan derecho a una indemnización de 9.166 euros por año trabajado, tendrán derecho a una exención del 21,82% en la indemnización.

Finalmente, los que hayan disfrutado un sueldo de 150.000 euros por año y vayan a percibir una indemnización de 13.750 euros por año tendrán una exención final del 14,54%.

El Confidencial

Los españoles cobran un 17% menos de sueldo que la media europea

Los españoles cobran un 17% menos de sueldo que la media europea

El salario medio bruto de los españoles en 2013 disminuyó un 0,3% respecto al de 2012, hasta 1.634 euros al mes, con lo que se situó un 17,1 % por debajo de la media europea, 1.972 euros mensuales.

El "Monitor Adecco" recoge el salario ordinario bruto, que excluye las pagas, las horas extraordinarias, los pagos por atrasos, las indemnizaciones y las deducciones y retenciones que correspondan.

España se situó en el puesto 13 en cuanto a salarios en el conjunto de los 28 países de la Unión Europea (UE). Los sueldos medios más elevados se registraron en Dinamarca (3.739 euros mensuales), Luxemburgo (3.009), Finlandia (2.622), Irlanda (2.621) y Alemania (2.574).

En la parte inferior de la clasificación se situaron Bulgaria (316 euros mensuales), Rumanía (395), Letonia (490), Lituania (535) y Hungría (565).

De acuerdo con el informe, la situación de España resulta "desfavorable en relación con los países más avanzados de la UE", ya que los sueldos son el 36,5 % más bajos que en Alemania, el 28,7% menores que los de Francia y el 28,1% inferiores a los del Reino Unido.

Por otra parte, Adecco destaca que aunque el salario medio bruto en España en 2013 (1.634 euros mensuales) sólo bajó el 0,3% respecto a 2012, se trata de la primera reducción del salario promedio desde 1949.

Sueldos estancados durante cinco años
La empresa de recursos humanos incide en que el salario medio de 2013 fue un 4,6% mayor que el de 2008, año en que fija el inicio de la crisis, gracias al aumento del 3,2% en 2009, ya que posteriormente el sueldo medio "ha permanecido estancado".

Por sectores de actividad, el salario más elevado se registró en la industria (1.860 euros mensuales, por encima de la media), seguido de la construcción (1.613 euros) y los servicios (1.591), ambos por debajo de la media nacional.

En comparación con 2012, el salario medio repuntó un 1,6 % en la industria y un 0,4 % en la construcción, mientras que cayó un 0,8 % en el sector servicios.

Se ha perdido un 4% de poder adquisitivo en la crisis
Adecco también analiza la evolución del poder de compra real de los salarios, es decir, descontando el efecto de la variación de los precios, y concluye que registraron una pérdida de poder acumulada del 4,1% desde 2008.

Por otra parte, las empresas grandes (200 o más asalariados) pagaron los sueldos más altos en 2013 (2.007 euros de media al mes), seguidas de las medianas (50 a 199 empleados), que pagaron 1.714 euros, y de las pequeñas (1 a 49), con 1.357 euros.

Por jornada laboral, un trabajador de jornada completa cobró de media 1.894 euros al mes en 2013, mientras que uno que trabajó a tiempo parcial percibió 714 euros de media.

Por regiones
En el análisis por comunidades autónomas, Adecco señala que las regiones con salarios más altos fueron el País Vasco (1.984 euros mensuales de media), la Comunidad de Madrid (1.903), Cataluña (1.743) y Navarra (1.727).

En el otro lado de la tabla se situaron Extremadura (1.335 euros), Canarias (1.375), Galicia (1.447) y Murcia (1.450).

Asimismo, las regiones donde la reducción de poder adquisitivo fue desde 2008 fueon el País Vasco (0,3 %) y Castilla-La Mancha (1,3 %), en tanto que los sueldos perdieron más poder de compra en Cantabria (8,2 %) y Andalucía (7,6 %).

El Mundo

Los jóvenes españoles no llegan a mileuristas

Los jóvenes españoles no llegan a mileuristas

Ser mileurista, se ha convertido en un sueño para gran parte de los jóvenes de nuestro país. El 40% de los jóvenes en activo cobran salarios iguales o inferiores a los 12.000€ anuales, mientras que el salario medio en España se situó, en 2013 en los 24.650€ anuales, en la actualidad, tan solo un 10% de jóvenes superan los 24.000€ de salario anual.

Con una tasa de paro juvenil del 55%, la segunda más alta de toda la UE, solo superada por Grecia con un 62%, nuestros jóvenes no solo están condenados a las colas del paro y la desesperación de no encontrar empleo, sino que aquellos que lo encuentran, lo hacen en unas condiciones salariales y laborales que quedan muy lejos de ser dignas.

Aquellos que han cursado estudios universitarios son los que más probabilidades tienen de encontrar trabajos por más de 24.000€ anuales, aunque tan solo un 14% de ellos lo consigue. La mayoría de los jóvenes trabaja en el sector servicios, sobre todo en puestos de trabajo relacionados con atención al cliente y hostelería.

Ante esta situación, cada vez es más complicado que los jóvenes se emancipen, con salarios que rondan entre los 500 y 800€ en la mayoría de los casos, el tema de vivir solos o en pisos compartidos con otros jóvenes es casi imposible, por ese motivo, cada vez más jóvenes están en casa de sus progenitores hasta edades más avanzadas, rondando de media los 32 años.

No podemos hablar de crecimiento económico y sustento de un Estado de Bienestar cuando los jóvenes, que van a ser los futuros sustentadores de ese Estado de Bienestar cobran, no solo por debajo del salario medio, sino por debajo del SMI. ¿Ese es el presente y futuro que quieren los políticos para los jóvenes? El crecimiento económico no será tal mientras la tasa de paro juvenil siga siendo tan alta y mientras los salarios de los jóvenes sean “ridículos”

En los países miembro de la UE surge la paradoja que buscan jóvenes de otros países de la UE, porque no encuentran perfiles de jóvenes dentro de su país para desempeñar esas funciones, ¿cómo es posible que España permita que cada año emigren miles de jóvenes y a la vez empresas españolas busquen jóvenes de otros países con perfiles similares a los jóvenes que se van? Algo falla y hay que poner soluciones ya.

Desde USO instamos al Gobierno que invierta de manera real y efectiva en los jóvenes, obligando a las empresas a contratar a jóvenes, con un porcentaje mínimo de jóvenes en plantilla, con los mismos derechos tanto laborales como económicos que el resto de la plantilla. El Gobierno de España y la UE no se pueden quedar de brazos cruzados ante el drama del paro en los jóvenes, y las pésimas condiciones laborales en las que trabajan.

También desde USO hacemos un llamamiento para que se ponga freno a la táctica de las empresas de contratar a jóvenes entre 16 y 25 años mediante el llamado contrato de formación, mediante el cual un joven es contratado para desempeñar las mismas funciones que el resto de trabajadores y trabajadoras de la empresa, pero con un salario de 300€ mensuales.

USO

Convenio de Seguros: Tablas Salariales 2014

Convenio de Seguros: Tablas Salariales 2014

Ayer 16 de enero, en reunión de la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Seguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo, se ha procedido a la aplicación de las condiciones económicas para 2014 recogidas en su Artículo 38. Tal y como establece dicho artículo se aplica un incremento salarial inicial del 0,6% con efecto 1 de enero de 2014.

Así mismo, cuando finalice el año 2014 tendremos que tener en cuenta los siguientes criterios:

  • Si el incremento del PIB 2014 resulta igual o superior al 1% e inferior al 2%, el aumento salarial de 2014 será del 1%
  • Si el incremento del PIB 2014 es igual o superior al 2%, el aumento salarial será del 1,5%.

Los referidos criterios y consiguientes incrementos salariales que pudieran derivarse de los mismos, se aplicarán con efecto retroactivo desde 1 de enero de 2014.

Para el supuesto de una evolución negativa de la economía en términos de PIB a finales de 2014, con una variación igual o superior al -1%, el incremento inicial aplicado del 0,6% se deducirá del incremento que está previsto aplicar inicialmente para el año 2015.

Los conceptos sobre los que se aplicará este incremento salarial son los siguientes: tabla salarial de sueldos base por nivel retributivo, tabla de complemento por experiencia, complementos de compensación por primas, complemento de adaptación individualizado, plus funcional de inspección, plus de residencia y ayuda económica para vivienda en supuesto de traslado.

Los conceptos de Dieta Completa y Media dieta se actualizan para este año 2014 en función de la evolución del índice de precios de hoteles, restaurantes, bares y cafeterías.

El precio del km, evoluciona en función de los precios de los carburantes.

La compensación por comida por jornada partida se incrementa en 0,10€ pasando a 10.60€.

TABLA SALARIAL 2014

Grupos  - S. Mensual - S. Anual (X15)

Nivel 1 - 2.174,80 € - 32.622,00 €

Nivel 2 - 1.839,51 € - 27.592,65 €

Nivel 3 - 1.567,63 € - 23.514,45 €

Nivel 4 - 1.341,13 € - 20.116,95 €

Nivel 5 - 1.168,92 € - 17.533,80 €

Nivel 6 - 1.014,88 € - 15.223,20 €

Grupo III Nivel 7 - 888,06 € - 13.320,90 €

Nivel 8 - 779,32 € - 11.689,80 €

Grupo IV Nivel 9 - 732,14 € - 10.982,10 €

Tabla de complemento por experiencia. Año 2014

Grupos  - S. Anual* (X15)

Nivel 4 - 339,82 €

Nivel 5 - 258,25 €

Nivel 6 - 231,07 €

Grupo III Nivel 7 - 190,31 €

Nivel 8 - 163,12 €

*Por el multiplicador correspondiente

Las indemnizaciones por despido caen un 12% al primer año de la reforma laboral

Las indemnizaciones por despido caen un 12% al primer año de la reforma laboral

La reforma laboral -como pretendía- no ha pasado de largo por la cuantía de la indemnización por despido. Al contrario. Los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) reflejan, en concreto, que el coste medio para un empleador de la indemnización por despido se situó el año pasado en 466,65 euros. O lo que es lo mismo, el 1,5% del coste laboral total que debe pagar un empresarios por un trabajador. Esto significa un descenso del 12% respecto del año anterior, y pone de relieve la intensidad de la reforma laboral al facilitar los despidos por causas objetivas.

Los datos proceden de la Encuesta Anual de Coste Laboral, que incluye todos los gastos en que incurre un empleador cuando contrata a un trabajador: salarios, cotizaciones sociales obligatorias, ayudas familiares, indemnizaciones o gastos en formación. Y según el INE,  el coste total medio del factor trabajo se situó en 2012 en 30.667 euros descontadas las subvenciones públicas para estimular la contratación. De esta cantidad 22.635 euros se destinaron a abonar los salarios; 6.859 euros, a pagar las cotizaciones obligatorias, y 466 euros, como se ha dicho, a indemnizaciones, que representan menos del 2% del coste laboral. Un año antes el coste medio de la indemnización en relación al salario había sido de 530 euros, lo que da idea de la reducción.

La causa de este incremento tiene que ver, fundamentalmente, con lo que ocurre en la industria y el sector de la construcción, donde la cuantía de las indemnizaciones se dispara. Hasta los 816 euros en el primer caso (con un salario medio equivalente a 35.843 euros) y hasta los 793 euros en el segundo (con un sueldo de 31.830 euros). Por el contrario, el coste de los despidos en el sector servicios apenas llegó a 369 euros (29.545 euros de salario medio). O dicho en otros términos, el coste de los despidos en la construcción representa el 2,47%, el doble que en los servicios (1,24%).

Esta gran diferencia tiene que ver no sólo con la cuantía del salario en cada uno de los sectores productivos. También con su estructura contractual. Los empleos más precarios (de naturaleza temporal) tienen mayor incidencia en el sector servicios que en la construcción y, sobre todo, mucho más pronunciado en la industria. También influye el tamaño de la empresa. El segmento en el que la cuantía de la indemnización es mayor es el que comprende a las empresas con más de 50 trabajadores y menos de 200, y el que menos el que incluye aquellas corporaciones con más de 200 trabajadores. Salvo en el caso de la industria, donde se alcanza los 1.116 euros, el triple que en los servicios. Con todo, los trabajadores de la construcción en empresas medianas son quienes tienen mayores despidos respecto de su salario ordinario (el 3,16%).

Distinta coyuntura laboral

La cuantía de la indemnización media en relación al coste laboral total es la referencia más representativa a la hora de calcular el efecto que tiene el coste del despido sobre la economía de un país. Esto se debe a que evita el sesgo que ser produce en función de la coyuntura laboral.

En términos agregados, lógicamente, la cuantía de los despidos aumenta cuando hay más destrucción de empleo, y por el contrario, disminuye cuando mejora la coyuntura laboral. De ahí que lo relevante sea saber cuánto representan las indemnizaciones en relación al coste laboral neto (sin subvenciones) y no el gasto total que tienen que destinar las empresas a ese fin. Y el resultado es esa que supone, como media, el 1,5% del coste laboral total, cuando en 2011 suponía el 1,7%.

Hay que tener en cuenta que en 2008, al comenzar la crisis, y según datos del Ministerio de Empleo, las empresas destinaron 342 millones de euros a indemnizaciones (tanto en casos de sentencia como en conciliación), mientras que el año pasado esa cifra prácticamente se ha multiplicado por tres veces y media, hasta los 1.219 millones de euros. Tan sólo en el primer trimestre de este año, el pago por indemnizaciones por despido se ha disparado hasta los 372 millones, lo que representa un 22% más que en el mismo trimestre del año anterior.

Tampoco hay que olvidar que el número de despidos individuales (sin contar los colectivos) está creciendo a un ritmo del 7% en relación a hace un año. En todo caso, muy lejos del 33% y del 47% que se produjo, respectivamente, en los años más duros de la crisis (2008 y 2009). Aún así,  y según datos del Poder Judicial, en los primeros tres meses de este año se han presentado en los juzgados de lo social 41.878 demandas por despido, lo que supone un 24,4% más que hace un año.

El Confidencial

Tijeretazo en febrero: la subida de IRPF recortará las nóminas 40 euros de media

Tijeretazo en febrero: la subida de IRPF recortará las nóminas 40 euros de media

La subida del IRPF comienza a pasar factura a los españoles. Las nominas de los trabajadores se resentirán este mes ya que se hace efectivo el incremento de impuestos anunciado a finales de 2011 por el Gobierno de Mariano Rajoy. Según el cálculo elaborado por el Sindicato de Técnicos de Hacienda (GESTHA), el sueldo se rebajará en casi 20 euros de media, cantidad que además se duplicará en febrero para compensar el recargo no aplicado durante el mes de enero.

Aunque a simple vista el tijeretazo resulta insustancial si se mide en términos mensuales, la medida supone una reducción que alcanzará los 222 euros de media durante todo el 2012. Además, según alertan los técnicos de Hacienda, también afectará incluso a las pagas extraordinarias, ya sean independientes o prorrateadas en la nómina.

Pero este recorte no será igual para todos. Al ser el IRPF un impuesto progresivo, la subida se adaptará a los ingresos de cada trabajador. Por ello, las personas con salarios bajos, de unos 682 euros, no se verán casi afectados por la medida. Sólo se les retendrá uno o dos euros de forma mensual.

En cambio, aquellos asalariados con tramos más altos en la base liquidable tendrán que rascarse más el bolsillo. Las personas con un sueldo que ronde los 1.550 euros brutos, rebajarán hasta 14 euros sus nóminas. En este caso se encuentran hasta cinco millones de trabajadores en toda España.

Algo similar ocurrirá con casi dos millones de empleados del siguiente tramo, que cobran de media 2.370 euros mensuales. En este caso el recorte extra se elevará hasta los 41 euros. De este modo, la subida del IRPF aumentará conforme lo hagan los ingresos del trabajador, hasta llegar a un punto en el que aquellos en el tramo más alto, con una nómina media de 14.500 euros, deberán afrontar una rebaja de 1.350 euros mensuales.

El ciudadano de a pie, objetivo recaudatorio

El Secretario General del Sindicato de Técnicos de Hacienda, José María Mollinedo, explicó que el aumento de la progresividad de esta medida ha puesto sobre la mesa que un 83,7% del IRPF lo declaran los trabajadores, desempleados y pensionistas. Destaca la escasa participación de las rentas de capital y las grandes fortunas. Y es que sólo 0,7% de los contribuyentes reconocen ganar más de 120.000 euros al año.

"Como en las anteriores modificaciones del IRPF y del IVA aprobadas en 2010 y 2011, el ciudadano de a pie se convierte en el principal objetivo recaudatorio para reducir el déficit, en vez de centrar la investigación del fraude en las grandes fortunas y empresas, que suponen el 71,7% de la evasión total", explica Mollinedo.

Para los Técnicos de Hacienda, las principales alternativas para cuadrar las cuentas públicas pasan por reducir la economía sumergida a niveles más acordes con los socios europeos, modificar el régimen de las sicav y de las sociedades patrimoniales, suprimir el régimen de los impatriados (conocida como  la ley Beckham) y evitar que los directivos puedan traspasar parte de sus retribuciones a sociedades.

Asimismo, considera prioritario crear un nuevo tipo impositivo de las empresas para los beneficios a partir del millón de euros que tributarían al 35%. Es decir, el tipo nominal sería del 30% de los beneficios hasta un millón de euros y del 35% del resto de los beneficios a partir del millón.

El Confidencial

Contratos laborales y despidos

Contratos laborales y despidos

El contrato único, el de crisis o la generalización del despido objetivo por causas económicas son algunas alternativas para abaratar el despido.

El aumento del paro y el freno de las contrataciones han hecho que desde distintos sectores se plantee la necesidad de llevar a cabo una nueva reforma laboral que favorezca la flexibilidad y permita crear empleo. Sin embargo, en muchos casos, esto se traduce en una pérdida de derechos por parte de los trabajadores que, desde hace unos años, parecen caminar por la cuerda floja. Se ha reducido su salario, se les pide que trabajen más horas, se permite encadenar contratos temporales de manera indefinida y se sugieren ideas como los miniempleos para reducir el paro. Otra de las propuestas es abaratar el despido pero, ¿qué opciones concretas se plantean?

Hoy, los trabajadores con un contrato indefinido ordinario que son despedidos tienen derecho a una indemnización de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades. Pero al parecer esta cuantía que paga el empresario cuando rescinde un contrato está llamada a desaparecer. No obstante, se supone que la reducción de la compensación afectaría sólo a las nuevas firmas y no a quienes ya se encuentran trabajando.

Con la negociación de la reforma laboral se han hecho varias propuestas que permitirían abaratar el coste del despido, y la mayoría de ellas pasa por reducir la retribución que debe pagar el empresario cuando despide a un trabajador.

1.- Generalizar la indemnización de 33 días

Una de las reformas que se plantean para abaratar el despido es extender la modalidad de fomento de la contratación indefinida, que cuenta con 12 días menos de compensación por cada año trabajado, es decir 33 días. Con esta medida se busca promover el empleo fijo entre las personas que están en el paro. Según sus defensores, los empresarios se animarían a contratar a más personas si cuentan con cierta flexibilidad a la hora de despedirlas en el caso de que fuera necesario.

Hasta ahora, los firmantes de este tipo de contratos han de cumplir una serie de requisitos. Además de estar desempleados e inscritos en las oficinas del INEM, deben pertenecer a uno de estos grupos:

* Jóvenes de entre 16 y 30 años

* Mujeres cuando sean contratadas para cubrir puestos de trabajo con menor índice de empleo femenino, se reincorporen a la vida laboral dentro de los dos años inmediatamente posteriores a la fecha del parto o la adopción o tras un periodo de inactividad de cinco años

* Mujeres víctimas de la violencia de género

* Mayores de 45 años

* Desempleados de entre 31 y 44 años que lleven al menos un mes inscritos de manera ininterrumpida como demandantes de empleo

* Discapacitados

* Desempleados que durante los dos años anteriores a la celebración del contrato hubieran estado trabajando solo de forma temporal en la misma o distinta empresa

* Desempleados entre 31 y 44 años que durante los dos años anteriores a la celebración del contrato se les hubiera extinguido un contrato indefinido en una empresa diferente a través de un despido, ya sea de forma individual o colectiva
En realidad, la mayoría de las personas que están en el paro cumplen con los requisitos para firmar uno de estos contratos de compensación reducida por despido. Pero se pretende hacerlo extensivo a otros grupos, y que las condiciones que se deben cumplir sean menos.

No obstante, esta disminución de la indemnización a 33 días por año trabajado solo se aplicaría a las nuevas contrataciones y no a las personas que ya están trabajando, que seguirían con una indemnización por despido improcedente de 45 días.

2.- Contrato único

Es otra de las alternativas barajadas. Se trataría de sustituir la maraña de contratos que hay ahora -en torno a 40 variedades- por uno solo que podría ser de carácter indefinido para todos los trabajadores.

Aún no está del todo especificado cómo sería esta nueva modalidad, pero todas las opciones que se presentan pasan por abaratar el despido. Algunos economistas apuestan por aglutinar bajo esta modalidad tanto los indefinidos como los temporales, mientras que otros se decantan por mantener estos dos tipos diferenciados.

Otro extremo a tener en cuenta es la compensación que tendría el trabajador al ser despedido. Aquí también hay varias alternativas. Una de ellas sería una indemnización progresiva en función de la antigüedad de los empleados, que podría empezar por 12 días y aumentar hasta los 33, con 24 meses como máximo para los que más tiempo lleven en la empresa. Las posiciones menos garantistas con los derechos laborales reducen la cuantía mínima a ocho días por año trabajado.

Otros abogan por que el contrato único tenga para todos una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

3.- Contrato de crisis

También se ha anunciado la posibilidad de hacer un contrato de crisis que, como los anteriores, reduciría la cuantía que paga el empresario cuando despide a un empleado.

En este caso tendría una vigencia limitada, probablemente de dos años, durante los cuales el coste del despido estaría entre los 20 y los 30 días, según se establezca, con 12 mensualidades como máximo. Hasta finales de 2013 se podría aplicar este contrato que disminuiría en más del 50% la compensación que reciben los trabajadores si se aceptan los 20 días.

4.- Despido objetivo por causas económicas

Con la reforma laboral de septiembre de 2010, se redujeron las condiciones por las que una empresa con problemas económicos podía despedir a un trabajador pagándole 20 días por año trabajado y un máximo de 12 mensualidades. Unos meses después, el Consejo de Ministros extendió aún más esta posibilidad y fijó que el recorte de la plantilla con esta indemnización reducida podría hacerse cuando la empresa acredite pérdidas previstas aunque sean de carácter transitorio, con independencia de la antigüedad o el tipo de contrato del empleado.

No obstante, en la mayoría de los casos en que el empleador ha llevado a cabo esta práctica, si el caso ha llegado a los tribunales, el empresario ha perdido y se ha visto obligado a pagar los 45 días de indemnización con 42 mensualidades de tope que se fija para los contratos fijos normales.

Algunos analistas proponen definir con claridad y de manera objetiva las causas por las que el empresario puede acogerse a este tipo de despido mediante un catálogo cerrado, de manera que no sea posible hacer interpretaciones diferentes en cada caso.

Consumer.es

Los salarios de convenio suben un 2,6% hasta septiembre

Los salarios de convenio suben un 2,6% hasta septiembre

Los convenios colectivos avanzan con cuentagotas. La precaria situación económica tensa las negociaciones entre empresas y trabajadores, que se atascan en la renovación. El resultado es que, hasta el mes de septiembre, solo se han registrado 2.145, un 40% menos que en los primeros años de la crisis. Las subidas salariales pactadas se van atenuando conforme avanza el año, hasta alcanzar el 2,6% de media en septiembre. Si se toman solo los convenios registrados el mes pasado, el aumento es del 1,6%, según los datos difundidos hoy por el Ministerio de Trabajo.

La mejora salarial contabilizada hasta septiembre resulta más elevada de lo que el deterioro laboral español parecería indicar. Supera, además, la horquilla de entre el 1% y el 2% acordada entre sindicatos y empresarios para 2011. Pero hay motivos técnicos que explican esa falta de correspondencia. En primer lugar, el 83% de los convenios registrados son actualizaciones de otros firmados con anterioridad (es decir, con subidas salariales comprometidas o al menos esbozadas cuando la crisis no se atisbaba tan prolongada). Los convenios de nueva redacción registran subidas salariales medias del 1,6% (en el caso de convenios de empresa, la cifra baja al 1,28%). Con todo, las cifras revelan una considerable pérdida de poder adquisitivo para los trabajadores, pues la inflación media en lo que va de año supera el 3%.

Hay una segunda razón que justifica esos datos. El Ministerio de Trabajo explica que la estadística solo registra convenios con cifras concretas de evolución salarial. Así, existen 427 textos firmados en años anteriores y pendientes de contabilizar que vinculan la mejora de sueldos al IPC previsto, un concepto que empresa y trabajadores no han podido concretar. Hasta que lo hagan, sus cifras no figurarán en la estadística. No existe previsión oficial de inflación, aunque por defecto se toma el tope que fija el Banco Central Europeo (2%).

Más allá de avanzar muy lentamente, el impacto de los convenios registrados para 2011 es menor que en años anteriores porque el 75% son de empresa y, por tanto, afectan a un menor número de trabajadores que los de ámbito superior (sectoriales para todo el país, para la provincia...).

En la nota difundida hoy, Trabajo advierte de que el ritmo de negociación de este año "está siendo lento" y que "cabe atribuir buena parte del retraso a que se están produciendo problemas en los procesos negociadores". Una situación similar se dio ya el año pasado, con un bloqueo de convenios que requirió la intervención de los responsables de la patronal CEOE y de los sindicatos UGT y Comisiones Obreras para tratar de agilizar la situación. De hecho, las cifras de septiembre de 2010 en cuanto a número de convenios resultaban aun inferiores a las de este año, aunque el número de trabajadores cubiertos sí era algo superior.

el pais

Cálculo Retenciones IRPF 2011

Cálculo Retenciones IRPF 2011

Incluye programa de Ayuda para el Cálculo de Retenciones IRPF 2011 (para varios sistemas operativos)  y algunas notas explicativas sobre las retenciones.

Agencia Tributaria

  1. ¿Qué son las retenciones?
  2. ¿Qué son los ingresos a cuenta?
  3. ¿Qué rentas están sometidas a retención o ingreso a cuenta?
  4. ¿Qué rentas no están sometidas a retención o ingreso a cuenta?
  5. ¿Quién retiene o ingresa a cuenta?
  6. ¿Cuándo se retiene o ingresa a cuenta?

Programas de Ayuda para el cálculo de las retenciones IRPF

  1. Windows 10.346.496 bytes EXE  Clic para descargar  Archivo Ejecutable Verificar Ventana nueva 
  2. Linux 9.612.506 bytes SH Clic para descargar  Archivo Verificar Ventana nueva 
  3. Mac OS X 10.078.208 bytes DMG Clic para descargar  Archivo Verificar Ventana nueva 
  4. Otros SO (Windows 98 / Millenium)7.009.290 bytes ZIP Clic para descargar  Archivo comprimido en ZipVerificar 

Modulo de Cálculo de Retenciones 2011

  1. Módulo único ZIP Clic para descargar  Archivo comprimido en Zip Verificar  Ventana nueva

Más información en la página de descargas de la Agencia Tributaria

Los salarios en España

Los salarios en España

Existe la creencia generalizada en amplios círculos financieros, económicos, políticos, e incluso mediáticos en España, de que el hecho de que los salarios sean bajos en nuestro país se debe a que la productividad de los trabajadores es baja.

De ahí que se concluya que, a menos que la productividad de los trabajadores aumente, no se pueden subir los salarios. Es más, en estos momentos de crisis, estos mismos círculos están insistiendo en que hay que bajar los salarios para salir de la crisis. La evidencia existente, sin embargo, no soporta tales tesis. Veamos los datos.

Uno de los documentos más creíbles sobre la productividad en las economías mundiales es el informe que produce anualmente The Conference Board, titulado Performance 2009: Productivity, Employment and Growth in the World’s Economies. En su apartado Productivity, se presenta un análisis detallado de la evolución de la productividad en la mayoría de países de economías avanzadas (incluyendo España) y de los países emergentes (países como China e India) que se están desarrollando muy rápidamente, convirtiéndose en elementos clave de la economía mundial.


Pues bien, en la página 15 de tal informe (que analiza el crecimiento de la productividad en los países de la OCDE, el club de países más ricos del mundo), puede verse que el periodo de nuestra reciente historia en el que la productividad por hora trabajada ha crecido más rápidamente fue durante el periodo 1987-1995. La tasa de crecimiento anual (2,3%) fue una de las mayores en este grupo de países. Tal crecimiento, sin embargo, disminuyó considerablemente durante el periodo 2000-2008, creciendo sólo un 0,9%, uno de los porcentajes más bajos en la OCDE. Varios factores explican este descenso, pero uno importante fue el gran crecimiento del sector de la construcción, resultado del boom estimulado por el complejo inmobiliario-bancario que se convirtió en el eje del crecimiento económico español. Este sector –de escasa productividad– absorbía gran cantidad de recursos que podrían (y deberían) haberse invertido en sectores más productivos.


Las responsables del descenso de la productividad promedio del país no eran –como los liberales subrayaban y continúan subrayando– las rigideces del mercado laboral y la supuestamente excesiva fuerza de los sindicatos, sino el comportamiento altamente especulativo del sector inmobiliario y de la industria de la construcción (el precio de la vivienda creció cinco veces más rápidamente que el coste de producirlas) y de los bancos.


También son responsables de este boom especulativo las autoridades públicas, incluyendo los equipos económicos de los sucesivos gobiernos, que podían haber prevenido la burbuja inmobiliaria, y las autoridades locales para las cuales el boom inmobiliario significó una gran entrada de recursos.


Pero el mayor responsable fue el Banco de España, que regula el sistema bancario y que fracasó estrepitosamente en prevenir la burbuja inmobiliaria, hecho ignorado sistemáticamente por el gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, que tiene la osadía (por decirlo de una manera amable) de atribuir la supuesta baja productividad primordialmente a las rigideces del mercado de trabajo.


La productividad promedio del país depende primordialmente de su estructura económica. En realidad, hay muchos sectores productivos y de servicios en España con productividad muy elevada, lo cual explica que, a pesar de que la tasa de crecimiento de la productividad ha disminuido, el nivel de la productividad promedio no es bajo, como los liberales acentúan erróneamente. Según el informe citado anteriormente, el nivel de productividad laboral es actualmente el 74% del nivel de productividad laboral de EEUU (y es sólo ligeramente inferior al canadiense, del 79%, y superior al japonés, del 71%). En cambio, los salarios son mucho más bajos que en EEUU, y el nivel de los ingresos por salarios es sólo un 65% del de EEUU.


Lo que hemos estado viendo durante todos estos años es un gran crecimiento de las rentas (y beneficios) de la banca y del mundo empresarial y un descenso, en términos porcentuales, de las rentas del trabajo, y ello como consecuencia de que las rentas derivadas del aumento de la productividad se han distribuido más a favor de los beneficios que a favor de los salarios. Esta situación ha ocurrido, por cierto, en la mayoría de países de la OCDE, resultado de la aplicación de las políticas liberales que han beneficiado sistemáticamente a las rentas del capital.


Nada menos que Larry Summers, director de la oficina económica del presidente Obama, subrayó que en EEUU “cada familia perteneciente al 80% de la población envía cada año un cheque de 10.000 dólares al 1% de las familias de mayor renta del país” (citado en Howard J. Sherman, The Roller Coaster Economy, 2010, pág. 46). Debería hacerse un estudio semejante en España (uno de los países con mayores desigualdades de renta en la OCDE), pues el cheque que la mayoría de familias envía a las rentas superiores (como consecuencia de la manera en que se distribuyen las rentas que derivan del trabajo) es también considerable.


De estos datos puede concluirse que los salarios no son demasiado altos, sino, al revés, son demasiado bajos. Y que ello se debe no a la escasa productividad, sino al excesivo poder que las fuerzas conservadoras y liberales (próximas al mundo empresarial y financiero) tienen en España.


En realidad, el nivel bajo de los salarios es un gran obstáculo para el estímulo económico que el país necesita. La baja demanda, el mayor problema que tiene la economía española (y la europea), se basa precisamente en la gran disminución de la capacidad adquisitiva de las clases populares. La única manera de estimular la economía es, precisamente, a través del gasto público (que, equivocadamente, el Gobierno quiere reducir) y a través del incremento de la masa salarial (es decir, del aumento del número de personas que trabajan y de sus salarios). De ahí que el Gobierno de Obama tenga, entre sus mayores medidas de estímulo, no sólo dedicar 700.000 millones de dólares al gasto público, sino también aprobar una ley que refuerce a los sindicatos, como medida para facilitar el crecimiento de los salarios. No ocurre así en España.


Vicenç Navarro es catedrático de Políticas Públicas en la Universidad Pompeu Fabra y profesor de Public Policy en The Johns Hopkins University


Dominio Público

Condiciones económicas años 2009 y 2010 Convenio Estatal de Seguros

Condiciones económicas años 2009 y 2010 Convenio Estatal de Seguros

El 19 de enero, en reunión de Comisión Mixta del Convenio Estatal de Seguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo, se ha procedido a la aplicación de la cláusula de revisión salarial recogida en su Artículo 37.

Una vez publicado el dato oficial de IPC por el INE del año 2009, situado en el 0,8%, se establecen como definitivas para el 2009 las tablas salariales y demás conceptos económicos aprobados por la Comisión Mixta y publicado en el B.O.E de 17 de febrero de 2009.

Por otra parte en aplicación de los artículos 36 y 37 del Convenio sobre condiciones económicas para el año 2010 la Comisión Mixta elaboró las tablas salariales resultantes por un lado de la consideración del 1% como previsión de inflación tenida en cuenta por el Gobierno para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado de 2010 y por otro de la diferencia entre el 2% aplicado en el 2009 y la inflación real que fue del 0,8% dando una diferencia negativa del (-1,2%), diferencia que se aplica ahora hasta su total compensación, según establece el artículo 37 del Convenio, consecuencia de esto las tablas salariales iniciales de 2010 son las mismas que las definitivas para el 2009.

Hay que resaltar que en el este año 2010 se efectuará en el mes de septiembre el pago único que establece el artículo 38 del convenio colectivo según establece y regula dicho artículo incorporado a las tablas.

También se actualiza en función de los criterios que para cada uno de ellos se viene utilizando anualmente los conceptos regulados en el Art. 39 y 40 (dieta completa, media dieta, kilometraje y compensación por comida).

Por otro lado en aplicación del artículo 60 se establece los nuevos capitales para el seguro de vida, cuya vigencia es para 2010 y 2011.

Las tablas las tendréis disponible a través de la página web de COMFIA. (www.comfia.net).

COMFIA-CCOO SEGUROS

El Gobierno sugiere un incremento salarial inferior al 1% para 2010

El Gobierno sugiere un incremento salarial inferior al 1% para 2010

Apenas iniciada la negociación por el sueldo de los funcionarios, y estancado el pacto salarial, Economía avanzó el viernes que para 2010 prevé una inflación "incluso inferior al 1%". Un aviso a navegantes, más próximo a la tesis de la CEOE, y que los sindicatos obviarán para guiarse por el objetivo del 2% del BCE.

Nuestra previsión sobre la inflación para el próximo año está muy por debajo del 2%, incluso por debajo del 1%", avanzó el viernes la vicepresidenta económica, Elena Salgado. Sus declaraciones en Radio Nacional se producen recién constituida la mesa de negociación de la Función Pública, en la que el Gobierno ha rechazado congelar el sueldo de los funcionarios, pero tratará de contener el incremento por debajo de un punto porcentual. Dado que la inflación es el principal índice para calcular los sueldos, el anuncio puede suponer una hoja de ruta para la maltrecha negociación salarial que sindicatos y patronal tienen pendiente.

La CEOE ya abogaba este año por pactar aumentos de salario inferiores al 1% mientras que los sindicatos pugnaban por alzas de entre el 2% y el 3%, motivo por el cual fue imposible alcanzar un pacto. Las cifras avanzadas por Salgado benefician la tesis patronal de que se debe tender a la contención de los sueldos. Sin embargo, tanto CC OO como UGT insisten en cerrar el acuerdo de 2009 y desbloquear los 1.500 convenios colectivos pendientes antes de discutir qué incrementos firmar para 2010.

Un pacto público y privado

"El objetivo de inflación que todo el mundo utiliza es el que marca el Banco Central Europeo, que volverá a estar en torno al 2%, y ésa es la cifra que nosotros tendremos como referencia", advierte el secretario de acción sindical de UGT, Toni Ferrer. Desde Comisiones se muestran más cautos y añaden que, una vez desbloqueada la negociación colectiva, ambas centrales podrían presentar a la CEOE una propuesta similar a la que se baraja para los funcionarios.

Ésta consiste en un acuerdo plurianual -hasta el final de la legislatura- que parta de un aumento salarial moderado para el próximo año (1%), pero que se incremente en los dos siguientes, para garantizar el poder adquisitivo de los trabajadores. Punto, éste último, con el que el Ejecutivo ya se ha comprometido, aunque previsiblemente rebajará del 1% el incremento inicial. La propia vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, confía en tener listo el acuerdo antes de fin de mes -fecha límite de que dispone- y que éste inspire la negociación entre las centrales y la patronal.
El petróleo hace remontar el IPC tras 12 meses de caída

El Índice de Precios de Consumo (IPC) suma ya seis meses consecutivos en tasa negativa, pero experimentó en agosto su primer signo de crecimiento tras encadenar 12 meses de caídas. El IPC registró una variación interanual del -0,8% el pasado mes, seis décimas por encima del dato ofrecido por el INE en julio. El transporte es el principal responsable de dicho aumento, ya que este grupo experimentó un incremento de tres puntos (hasta el -6,4%), derivado del aumento de los precios de los carburantes frente a la bajada que experimentaron en agosto de 2008. El resto de grupos también incide positivamente en el aumento de los precios, a excepción del vestido y el calzado, que aún muestra la influencia de las rebajas. El Gobierno confía en que el IPC recupere la senda positiva antes de final de año.

Juande Portillo
Cinco Dias

El IPC y las revisiones salariales

El IPC y las revisiones salariales

Las sentencias, hasta ahora, están siendo favorables a los sindicatos. Los tribunales han rechazado que los trabajadores deban devolver cantidad alguna por los salarios percibidos en 2008.

La mayor parte de los convenios colectivos contienen unas cláusulas de revisión salarial que regulan el incremento anual de las retribuciones de los trabajadores a fin de mantener su poder adquisitivo. Para ello se utiliza como criterio de referencia el índice de precios al consumo (IPC) previsto por el Gobierno para cada año. Pero la economía pocas veces se comporta como se prevé, por lo que el IPC previsto casi nunca coincide con el real.

Hasta ahora, lo habitual era que el IPC real fuera superior al previsto, es decir, que al finalizar el año los precios hubieran subido más de lo anunciado. Esta eventualidad venía expresamente recogida en los convenios colectivos que establecían la obligación de revisar los salarios, de conformidad con el IPC real, obligando a los empresarios a abonar la diferencia.

Pero actualmente está sucediendo lo contrario. El IPC previsto es superior a la subida real de los precios, por lo que las retribuciones se están incrementando por encima del IPC real, lo que no ha sentado nada bien a los empresarios. De ahí que algunas asociaciones hayan reclamado la diferencia por el exceso salarial abonado durante 2008. Otras directamente se han negado a abonar los aumentos pactados en los convenios para 2009.

El Gobierno niega haber hecho previsión de IPC alguna. Y el tema ha acabado en los tribunales. Las sentencias, hasta ahora, están siendo favorables a los sindicatos. Los tribunales han rechazado que los trabajadores deban devolver cantidad alguna por los salarios percibidos en 2008, al no haberse previsto expresamente esta eventualidad en los convenios.

En los mismos términos se han pronunciado respecto a las revisiones salariales para 2009, declarando que el incremento deberá hacerse sobre el IPC previsto (el 2%), tal y como se ha pactado, y no sobre el IPC real (en junio -1%). Ante el argumento de que no existe una previsión oficial de inflación, se ha acudido a la Ley de Presupuestos para asegurar que, aunque oficialmente no se denomine así, lo cierto es que se trata de un porcentaje que viene siendo utilizado por el ejecutivo para el cálculo de las retribuciones de funcionarios y personal laboral así como para la revalorización de las pensiones, que la propia Ley General de la Seguridad Social obliga a calcular con arreglo al IPC.

JUAN MANUEL DÍAZ-ARIAS
El Pais

El cambio fiscal recortará las nóminas en 33 euros al mes

El cambio fiscal recortará las nóminas en 33 euros al mes

Zapatero confirma que “modificará” la deducción de 400 euros, una de las "medidas estrella" de la precampaña de 2008. Dieciseis millones de personas se han beneficiado de la ayuda.

El Gobierno ha dibujado este lunes con algo más de precisión los términos en los que quiere acometer la subida de impuestos que aplicará el próximo año, siempre que logre reunir los apoyos necesarios en el Congreso. Todo apunta a que la reforma afectará a una de las medidas del Ejecutivo que más críticas cosechó desde un principio: la deducción de 400 euros. La oposición con la que contó en su día hace pensar que en 2010 los socialistas lograrán el respaldo suficiente para limitar el número de personas que disfrutan de 33 euros adicionales en la nómina de cada mes desde el primer momento de su aplicación, en junio de 2008.

José Luis Rodríguez Zapatero, ha anunciado desde Suecia que se "tocará y modificará" la deducción de 400 euros en el IRPF para hacer frente a la recesión económica y a la caída de la recaudación, pero no ha precisado el alcance del recorte de la medida que ha beneficiado hasta ahora a más de 16 millones de personas, entre trabajadores por cuenta ajena, autónomos y pensionistas. Previsiblemente, el Gobierno limitará el número de beneficiarios y dejará la deducción sólo para las rentas más bajas.

En el caso de los autónomos, la merma de ingresos se dejará sentir en los pagos fraccionados trimestrales del impuesto sobre la renta, que las personas que pierdan la deducción verán incrementadas en 100 euros al trimestre.

Para el director general del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Luis del Amo, “quitar los 400 euros es subir mucho el impuesto sobre la renta”. Sin embargo, con ocasión de la polémica generada en junio en torno a esta medida, Del Amo defendió que el Gobierno tomara medidas “difíciles” que la ciudadanía “tendría que asumir”.

Por su parte, las cajas de ahorro (FUNCAS) no tardaron en sumarse a las críticas en torno a la “excesiva generosidad” de la deducción de los 400 euros, y criticaron su falta de interés económico o social, al tiempo que destacaron “la imperiosa necesidad” de reformas fiscales que aporten ingresos suficientes para financiar el déficit público que se producirá en los próximos años.

La resistencia a aceptar la deducción nació de su falta de progresividad, al igual que ocurrió con otra de las medidas estrella de Zapatero, el llamado ‘cheque-bebé’ de 2.500 euros, asunto que sin embargo el presidente no ha mencionado. Un ejemplo es la presidenta del PP madrileño, Esperanza Aguirre, que se ha sumado a los reproches para echar en cara al Ejecutivo que "perdone" 400 euros a los que "tienen un sueldo suficiente para hacer la declaración de la renta" pero no lo haga a las personas "que tienen pensiones, que viven de pensiones más bajas y que tienen unos sueldos más bajos".

Tampoco la Comisión Europea ha respaldado el recorte fiscal de los 400 euros al considerar que sólo serviría para que la gente “ahorre” ese dinero en lugar de dedicarlo al consumo, tal y como previó el Gobierno en el momento de su aprobación. El coste fiscal que la aplicación de la deducción de 400 euros ha tenido cada año para el Estado supera los 6.000 millones de euros.

Zapatero, que anunció en un mitin de la precampaña electoral de 2008 la nueva deducción, alcanzó un acuerdo el pasado mes de junio con los grupos de la izquierda en el Congreso, IU-ICV, para modificar la ayuda con la intención de dotarla de mayor progresividad. Sin embargo, ante la presión de la coalición catalana CiU, contraria a subir los impuestos, Zapatero se vió obligado a dar marcha atrás y el acuerdo finalmente se frustró.

ESPAÑA REDUCE SU PRESIÓN FISCAL

Pero no quedará ahí la reforma fiscal. Según las declaraciones de Zapatero, también afectará a las rentas del capital y plusvalías. Las rentas del capital son las que proceden de productos financieros, como depósitos bancarios, beneficios de fondos de inversión, seguros de vida o plusvalías obtenidas por la venta de acciones o viviendas.

Según Zapatero, estos cambios permitirán que la presión fiscal siga en niveles "parecidos e incluso menores" a los que registró antes de que llegara al poder. Cabe reseñar en este punto que, según los últimos datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), España ocupa el puesto número 12 en la lista de los países desarrollados con mayor presión fiscal, con unos ingresos vía impuestos del 37,2 por ciento del producto interior bruto (PIB), según informa Invertia. Así, Dinamarca es el país desarrollado en el que son mayores los ingresos fiscales del Estado respecto al PIB. Según estas cifras publicadas por la OCDE de 2007, los ingresos fiscales del país nórdico representan un 48,9 por ciento del PIB.

Otro país del norte de Europa, Suecia, ocupa la segunda posición del ranking con un 48,2 por ciento. España entra entre los quince primeros países con unos ingresos fiscales del 37,2 por ciento del PIB. No obstante, este porcentaje bajó en 2008 hasta el 32,83 por ciento del PIB según el Ministerio de Economía debido al retroceso de todos los componentes de la presión fiscal.

Nueva Tribuna

Seis de cada diez trabajadores en España ganan menos de 1.100 euros

Seis de cada diez trabajadores en España ganan menos de 1.100 euros

Un total de 18,3 millones de españoles perciben unos ingresos brutos mensuales inferiores a los 1.100 euros, lo que representa el 63% de los trabajadores que desarrollan su actividad en España, según se desprende de un estudio realizado por los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).

Según el informe, elaborado a partir de los datos de pagadores del trabajo y pensiones, así como de la última estadística del IRPF, en España existen 16,7 millones de asalariados que perciben un sueldo bruto anual inferior a 13.400 euros, mientras que la retribución media nacional se sitúa en 18.087 euros brutos al año.

Asimismo, el estudio revela que actualmente se registran en España cerca de 1,6 millones de empresarios y profesionales que obtienen unos ingresos mensuales inferiores a 1.100 euros brutos, lo que representa cerca de las tres cuartas partes del total de los trabajadores por cuenta propia.

En este sentido, Gestha destaca que el "colectivo mileurista" es más numeroso entre los microempresarios que realizan el pago de IRPF a través del régimen de estimación objetiva (78%) que entre los empresarios y profesionales acogidos al modelo de estimación directa (72%).

Por comunidades autónomas, el mayor porcentaje de asalariados ’mileuristas’ se concentra en Extremadura, con casi las tres cuartas partes de sus trabajadores (74,7%), seguida de Canarias (69,1%), Galicia (69%), Andalucía (69,9%), la Región de Murcia (68,7%) y Castilla- La Mancha (67,4%).

Por el contrario, la Comunidad de Madrid, con el 50,7% del total de asalariados, es la región que menos trabajadores por cuenta ajena ’mileuristas’ registra, por delante del Principado de Asturias (54,8%), Cataluña (55,2%), Aragón (56%), Cantabria (58,4%) y La Rioja (59,3%).

En términos absolutos, las cuatro comunidades con mayor población de España concentran más del 60% del total de asalariados ’mileuristas’. Así, Andalucía se sitúa a la cabeza con más de 3,4 millones, seguida de Cataluña (2,7 millones), Madrid (2,05 millones) y Comunidad Valenciana (1,9 millones).

Atendiendo a la retribución anual, los asalariados madrileños son los trabajadores que mayor sueldo medio perciben, con 22.870 euros brutos al año, seguidos de catalanes (20.097 euros), aragoneses (18.985 euros), asturianos (18.715 euros) y cántabros (18.530 euros). Por el contrario, los salarios anuales más bajos corresponden a Extremadura (14.120 euros brutos de media), Andalucía (15.010 euros), Murcia (15.447 euros) y Canarias (15.545 euros).

Cotizalia

La nómina. Descripción y normativa del recibo jutificativo del pago del salario

La nómina. Descripción y normativa del recibo jutificativo del pago del salario

Partes de la nómina: Cabecera, Devengos, bases de cotización y deducciones. Descripción y normativa asociada.

1) Cabecera: Recoge los datos de identificación de la empresa y del trabajador.

2) Devengos o percepciones:
Se consideran como tales aquellas cantidades que percibe el trabajador por los distintos conceptos. Hay que distinguir entre las percepciones de carácter salarial, que son las sujetas a cotización al Régimen General de la Seguridad Social, de las percepciones extrasalariales, que no cotizan al mismo.

Las percepciones sujetas a cotización en el Régimen General de la Seguridad Social son el salario base, los complementos salariales y las percepciones de carácter asistencial y acción social empresarial.

3) Deducciones: Incluye la aportación del trabajador a las cuotas del Régimen General de Seguridad Social, cuota sindical, retención por IRPF, anticipos y otros.

4) Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad SocialSon las cantidades y porcentajes por los que se calculan las cotizaciones por los diferentes conceptos a la Seguridad Social.

Ver detalles y esquema de la nómina

La subida salarial pactada en convenio alcanzó el 2,67% en junio

La subida salarial pactada en convenio alcanzó el 2,67% en junio

El incremento salarial medio pactado en los convenios colectivos registrados hasta el mes de junio alcanzó el 2,67%, cifra ocho décimas inferior a la registrada en el mismo mes de 2008 (3,47%), según datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

No obstante, este porcentaje supera el Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA) que, según el dato avanzado de junio, situó su tasa interanual en el -1%.

Aún así, el incremento salarial pactado en convenio se mantiene en la senda de moderación en la que se instaló en el primer mes del año, con subidas inferiores al 3%.

Durante los seis primeros meses del año se registraron un total de 3.328 convenios, que afectaron a 7,38 millones de trabajadores y contemplaban una jornada laboral media de 1.756,6 horas anuales.

Del total de convenios registrados, 2.484 eran de empresa, con efectos sobre 591.700 trabajadores, y 844 tenían ámbito sectorial, con cobertura sobre 6,79 millones de trabajadores.

La subida salarial pactada en los convenios de empresa alcanzó en junio el 2,37%, frente al 2,70% de los convenios sectoriales. No obstante, también es menor la jornada laboral en los primeros (1.706,8 horas anuales) que en los segundos (1.761 horas).

LA CONSTRUCCIÓN, EL INCREMENTO SALARIAL MÁS BAJO.

Por sectores de actividad, el mayor incremento salarial correspondió a la construcción (3,56%), seguido de los servicios (2,52%), la industria (2,51%) y la agricultura (2,45%).

En cuanto a la jornada media por trabajador, los convenios de agricultura tienen pactadas 1.784,5 horas anuales; los de los servicios, 1.762,6 horas; los de la industria, 1.748,9 horas, y los de la construcción 1.737,7 horas.

A diferencia de años anteriores, la negociación colectiva de este año no tiene como base el acuerdo interconfederal de convenios (ANC), un pacto que sindicatos y empresarios llevaban practicando desde hace siete u ocho años y que en 2009 no han podido renovar a causa de sus diferencias, sobre todo en materia salarial.

Mientras la CEOE está aconsejando subidas salariales en el entorno del 1% e incluso por debajo de esa cantidad a tenor de la evolución a la baja de la inflación, CC.OO. y UGT están defendiendo subidas moderadas de los salarios, partiendo del objetivo de inflación que fija el BCE (2%), a fin de que los trabajadores puedan tirar del consumo y, en consecuencia, de la economía.

CC.OO. y UGT han denunciado que, dentro del proceso de revisión de convenios colectivos con vigencia plurianual, algunas empresas y patronales se están negando a aplicar el incremento salarial para 2009 pactado en su día, lo que ha provocado conflictos colectivos que en la mayoría de los casos se han resuelto con negociación y en otros ha supuesto bloqueos en la aplicación del convenio.

Europa Press

Congelación salarial: ¿positiva o negativa?

Congelación salarial: ¿positiva o negativa?

Sólo es coherente negociar recortes de sueldos en empresas con pérdidas continuadas.

La congelación salarial es objeto de debate, desencuentros y confrontaciones en el arduo diálogo social. La CEOE y otras patronales la preconizan, los trabajadores la aceptan in extremis para evitar la pérdida de ocupación. ¿Qué hacer con los salarios?

Cabe recordar que la contención en el aumento de las retribuciones de la mayoría de los trabajadores fue una constante durante el largo periodo 1996-2008. Los salarios representaban un 56,4% del PIB en 1996 y un 46,4% en 2006. No obstante, el modelo económico español no experimentó un cambio sustancial.

El aumento del excedente empresarial no se utilizó de forma suficiente en la modernización de la estructura productiva y conseguir que la competitividad de la economía española se igualara a la de la media de Unión Europea. Los países europeos con salarios más altos son los que presentan tasas de competitividad más elevadas, pues los salarios altos son un acicate para la introducción de innovaciones y la obtención de productos con mayor valor añadido. El excedente se ha destinado en demasía en España a inversiones especulativas (inmobiliarias, activos financieros...), pagar deudas financieras y reestructurar plantillas (jubilaciones anticipadas y despidos). Además, los contratos temporales y por obra han sido las formas de trabajo preferidas por muchas empresas por resultar menos costosas y más flexibles y han contribuido a que desapareciera prácticamente la formación dentro de las empresas.

Y ahora, ¿qué hacer? ¿Es positiva o negativa la congelación de salarios para paliar la situación crítica de nuestra economía? Éstos son los aspectos que hay que tener en cuenta:

Primero. La estructura productiva y la situación económica de las empresas son bastante heterogéneas. La congelación de salarios podría ayudar a subsistir a compañías con pérdidas continuadas, pero sólo las que adopten planes de renovación viables podrán permanecer y competir en los mercados. Sería preciso el compromiso de que el excedente obtenido por medio de la congelación de salarios fuera utilizado en inversiones productivas e innovadoras. Si no, es probable que tal medida ayudara a mantener un modelo pr

oductivo cuya competitividad se basa en exceso en salarios relativos bajos. La persistencia de una estructura productiva débil provocaría la quiebra de muchas empresas, el aumento de los despidos y una tendencia a la baja de los salarios.

Segundo. El consumo es uno de los elementos básicos del crecimiento de la economía, ya que la renta nacional es el resultado de la suma del consumo, la inversión y la diferencia entre exportaciones e importaciones. Es importante no constreñir el poder adquisitivo de los trabajadores porque sin demanda no hay producción.

Tercero. La congelación de salarios afecta a las expectativas que influyen en la toma de decisiones respecto a la inversión y al consumo.

Arbitrarla en una empresa puede generar la percepción de que se podrán evitar pérdidas o aumentar los beneficios, dada la posible mayor competitividad vía precios de sus productos en el mercado. Pero hemos visto que la obtención o la expectativa de obtener un mayor excedente empresarial no garantiza mayores inversiones. Y es factible que dicha medida se adopte por cada vez más empresas aduciendo la competencia vía precios que hacen o que pueden hacer los productos conseguidos con costos salariales más bajos.

Respecto al consumo, la congelación de salarios en una empresa con pérdidas continuadas puede ofrecer la expectativa de que la empresa permanecerá y puede inducir a sus trabajadores a que no reduzcan tanto el consumo. Pero crea una perspectiva ambivalente en el mundo laboral. Si bien puede aumentar el optimismo ante la posibilidad de que ayudará a coadyuvar la crisis, a la vez se percibe como una señal de las dificultades de nuestra economía, aumenta el temor a una reducción de los ingresos futuros y contribuye a la disminución del consumo.

Cuarto. La difusión de la congelación de salarios comportaría una involución en el modelo de sociedad del bienestar que, con dificultades, estamos configurando. Supondría una pérdida de poder adquisitivo para una gran mayoría de la población y aumentaría las desigualdades en la distribución de la renta. Disminuiría los ingresos del sector público y, con ello, su capacidad de realizar gasto social e inversiones necesarias para el desarrollo económico y social (infraestructuras, educación e I+D+i).

Quinto. La reducción de salarios puede ser la siguiente medida que se adopte y difunda si no se toman medidas suficientes para conseguir un tejido empresarial más innovador y perdura la crisis económica. El aumento de la competencia entre las empresas para captar una demanda con menor poder adquisitivo comportaría bajadas de precios que podrían generar un proceso deflacionario y alimentar la crisis económica.

Parece, pues, que sólo en los casos de empresas con pérdidas continuadas y con planes de inversión e innovación viables es coherente la negociación de una congelación temporal de los salarios. La crisis y la internacionalización de la economía muestran de forma radical que el crecimiento basado en demasía en salarios relativos bajos y la especulación inmobiliaria y financiera no tiene futuro. El futuro hay que fundamentarlo en la creatividad, la innovación y unas infraestructuras y servicios que permitan que la economía sea competitiva y que aumente el bienestar de las personas.

Carme Massana es profesora titular de Política Económica de la Universidad de Barcelona.
El Pais

Programa PADRE de ayuda para la Declaración de la Renta IRPF

Programa PADRE de ayuda para la Declaración de la Renta IRPF

Descarga desde la página de la Agencia Tributaria la última versión del programa PADRE de ayuda en la confección de la declaración de la Renta.

Programa PADRE (Windows)

Página con de la Agencia Tributaria con información adicional y ayudas IRPF

El incremento salarial medio inicialmente pactado para 2009 ha sido el 2,68%

El incremento salarial medio inicialmente pactado para 2009 ha sido el 2,68%

El incremento medio inicialmente pactado para 2009 ha sido el 2,68%, es decir, cerca de siete décimas por encima del objetivo oficial de inflación, y la jornada media se ha pactado (horas /año) en 1756,86 horas, lo que ha supuesto una disminución media de 3,91 horas año, según informa la secretaría confederal de Acción Sindical de CCOO.

La secretaría confederal de Acción Sindical de CCOO informa que la práctica totalidad  de los convenios registrados en el mes de febrero corresponden a revisiones de convenios plurianuales, destacando el incremento salarial medio del 2,68% y la jornada media de 1.756,86 horas anuales.

Las cláusulas de empleo más significativas son las relativas a la creación de empleo mediante contrato de relevo de las jubilaciones parciales (25,82%) y la de conversión del empleo temporal en indefinido (17,86%).

Las cláusulas de garantía salarial están contempladas en el 55,26% de los convenios registrados y las de inaplicación del régimen salarial en el 57,31% de los convenios sectoriales registrados.

Finalmente, los complementos de prestaciones sociales están recogidos en el 82,60% de los convenios registrados, las cláusulas de igualdad en el 34,73% de los convenios, y las cláusulas sobre actividad sindical se recogen en el 59,52%.