El Gobierno retrasa la reforma laboral con propuestas vagas e imprecisas
Churchill decía que la Unión Soviética era lo más parecido a una adivinanza envuelta en un misterio dentro de un enigma. Y a medida que pasa el tiempo -salvando las distancias- algo parecido le sucede a la reforma laboral.
Continúa siendo un misterio envuelto en procelosas negociaciones que siguen sin dar fruto. Y eso que han pasado ya más de 20 meses desde que los agentes sociales y el Gobierno firmaran la pomposa Declaración para el Impulso de la Economía, el Empleo, la Competitividad y el Progreso Social. Imponente encabezamiento que vio la luz en julio de 2008, pero que desde entonces no ha tenido recorrido alguno, al menos en términos prácticos.
Ayer vio la luz el último de los documentos entregados por el Gobierno a sindicatos y empresarios, pero una vez más carece de propuestas concretas y de un calendario de aplicación. A lo sumo perfila un poco más los puntos de negociación que el propio Ejecutivo enunció y presentó a los agentes sociales el pasado 5 de febrero.
El documento fue calificado ayer por un experto laboral -curtido en mil negociaciones de este tipo con el Gobierno- como “vago e impreciso”. Lo considera, incluso, una “vuelta atrás”, toda vez que reabre uno de los asuntos que más escuecen en la patronal: la causalidad de la contratación temporal. O lo que es lo mismo, que los empresarios tengan que justificar por qué contratan de forma temporal y no indefinida.
El aspecto más destacado del documento tiene que ver con la estabilidad en el empleo, y en este sentido se propone que para evitar el uso no justificado de la contratación eventual “resultaría necesario operar, en primer lugar, sobre la definición legal de las causas de los contratos temporales de obra o servicio y eventual”. Es decir, que el Gobierno vuelve a poner el énfasis en actuar sobre la temporalidad, pero no en la necesidad de generar puestos de trabajo mediante la creación de nuevas modalidades de contratación. No hay que olvidar, sin embargo, que la tasa de temporalidad española alcanza casi al 30% de los asalariados, más del doble del 14,3% que registra la Unión Europea.
Límites a la temporalidad
Para poner límites a esa enorme temporalidad (que resulta letal en momentos de ajuste económico), el Gobierno propone establecer legalmente plazos máximos de duración del contrato de obra o servicio. Se trata de evitar que este contrato, “so pretexto de su duración incierta”, se prolongue indefinidamente en el tiempo. Esos plazos máximos legales habrían de respetar en todo caso las reglas establecidas en determinados convenios colectivos sectoriales y podrían también ser modulados a través de la negociación colectiva. Y en este sentido se plantea que para evitar la permanencia prolongada de los trabajadores en situación de temporalidad, “sería oportuna” una regulación más adecuada de la actual regla dirigida a evitar el encadenamiento de contratos temporales, operando sobre todos o algunos de los requisitos vigentes en el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.
Sobre la contratación indefinida, el Gobierno no propone cambios respecto de la situación actual en términos de indemnización por despido improcedente (los célebres 45 días por año trabajado). Ahora bien, reafirma su compromiso de ampliar las posibilidades de utilización del contrato de fomento de la contratación indefinida que existe en la legislación laboral desde 1997, pero que ha ido cayendo en desuso en los últimos años. Es decir, asume la necesidad de abrir la mano en los contratos que incorporan un despido más barato de 33 días, y que ahora se limita a determinados colectivos de difícil inserción laboral (mujeres, jóvenes o mayores de 45 años).
Temporales en fijos
El Gobierno propone tres alternativas. La primera, reabrir la posibilidad, como ha sucedido en otras etapas, de que los contratos temporales puedan transformarse en contratos de fomento de la contratación indefinida; la segunda, examinar la posibilidad de que nuevos colectivos de trabajadores, fuertemente afectados por el desempleo o la temporalidad, puedan realizar estos contratos manteniendo, en cualquier caso, su naturaleza de fomento de la contratación indefinida; la tercera, igualar el coste de indemnización del despido improcedente por causas económicas y disciplinarias, como sucede en el contrato indefinido ordinario.
Con el objetivo de dar mayor seguridad jurídica a los contratos temporales y evitar las situaciones de fraude, el Gobierno propone recuperar en la práctica la causalidad del despido y el derecho a la tutela judicial efectiva. “Ello aconsejaría”, sostiene el documento, “profundizar en cómo objetivar con mayor claridad las causas de los despidos económicos y en cómo deberían regularse ciertas prácticas que han desnaturalizado los procedimientos de extinción del contrato”.
Sobre las empresas privadas de colocación, el Gobierno considera obligado corregir la singularidad de nuestro ordenamiento en cuanto a las restricciones sobre la apertura a la colaboración público-privada de las tareas de intermediación laboral, analizando la autorización de las agencias privadas de colocación con ánimo de lucro de acuerdo con los siguientes principios generales: obligación de que todas las agencias privadas dispongan de una autorización del Servicio Público de Empleo competente por su ámbito territorial y de suscribir un convenio de colaboración con los Servicios Públicos de Empleo.
Y en concreto se pretende exigir que al menos un porcentaje de su actividad esté destinado a colectivos de trabajadores con especiales dificultades de acceso al empleo y “establecimiento de todas las garantías necesarias para asegurar el respeto a la intimidad y dignidad de los trabajadores en el tratamiento de sus datos por las agencias privadas y de la gratuidad total para los trabajadores de este tipo de actividad”.
Contratos de tiempo parcial
En cuanto a la contratación a tiempo parcial, una de las lagunas históricas del mercado laboral español, el Gobierno plantea que “se debería avanzar en una mayor extensión, y con ese objetivo se propone eliminar la posibilidad de realizar horas complementarias en el contrato a tiempo parcial, “cuya compleja regulación no parece haber resultado útil ni para las empresas ni para los trabajadores”, aclara el departamento de Celestino Corbacho.
Ello iría acompañado del establecimiento de dos formas de fijar la jornada y el horario de trabajo: Una con horario cierto y fijo de trabajo, sin posibilidad de alterar dicho horario ni realizar horas extraordinarias. En este caso, el contrato podría concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada. Otra en la que el empresario podría modificar el horario de trabajo con un preaviso mínimo a determinar; además, el empresario y el trabajador podrían acordar la realización de horas extraordinarias con los límites previstos en el artículo 35 Estatuto de los Trabajadores y en un número máximo anual proporcional a la jornada pactada. En este caso, el contrato solo podría concertarse por tiempo indefinido.
En relación al empleo juvenil (39% de paro en este colectivo), el Gobierno insiste en lo propuesto hace dos meses. Y en concreto, habla de “incrementar sustancialmente” las actuales bonificaciones por la contratación indefinida inicial de jóvenes con edades entre 16 y 30 años. Igualmente, se podría “elevar sustancialmente” la bonificación por la conversión de contratos para la formación y en prácticas en contratos indefinidos.
En cuanto al llamado ‘modelo austriaco’ (la posibilidad de que un trabajador se lleve la indemnización por despido de una empresa a otra sin merma de derechos), pocas novedades. El documento se limita a decir que el Gobierno propone trabajar, buscando siempre el consenso con los interlocutores sociales, sobre la adaptación a nuestro país de modelos sobre los sistemas de indemnización por despido que en los últimos años se han adoptado en algunos países europeos, entre ellos en el sistema laboral austríaco, “que permitan incrementar la estabilidad en el empleo y fomentar una movilidad laboral más sana, así como la formación para el empleo a lo largo de toda la vida laboral".
0 comentarios