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Unión Sindical Obrera - Mutua MMT Seguros

Prevención y Salud Laboral

Trabajo multiplica por cinco las multas por acoso laboral

Trabajo multiplica por cinco las multas por acoso laboral

Una circular de la Inspección lo incluye como prevención de riesgos.

La Inspección de Trabajo ha dictado la Circular 69/2009, que ha cogido por sorpresa a las empresas porque cambia el criterio para sancionar el acoso laboral. De entrada, multiplica por cinco las multas a las empresas por este tipo de conductas, ya que han pasado de 187.515 euros a 819.780 euros. En segundo lugar, esta modificación se justifica porque el acoso laboral, en la Circular 34/2003, constituía una infracción en el ámbito de las relaciones laborales, es decir, un atentado contra la dignidad del trabajador o un caso de discriminación en algunos supuestos. Ahora, según la Circular 69/2009, el acoso laboral es una infracción en materia de prevención de riesgos laborales, lo que supone una multitudinaria multa para la empresa.

“Esta modificación de Trabajo ha sembrado inquietud en las compañías porque desconocen que su riesgo se ha cuadruplicado”, ha manifestado a LA GACETA María Eugenia Guzmán, abogada del departamento de Laboral de Cuatrecasas Gonçalves Pereira. En este sentido, “no es justo que criterios de la Administración Pública, que tienen en la práctica la capacidad de modificar la normativa vigente, sean desconocidos por los ciudadanos, pues se les genera una clara y manifiesta indefensión”, afirma Guzmán.

El motivo principal del cambio de criterio, según la Circular 69/2009, reside en la mayor relevancia que ha adquirido el riesgo psicosocial, que es el resultante de la interacción entre los trabajadores y la organización de la empresa. Sus principales manifestaciones son el estrés laboral y la violencia en el trabajo. Para ello, la Inspección de Trabajo incorpora como novedad la obligación para todas las empresas de incluir entre sus actuaciones preventivas la realización de estudios psicosociales. Para María Eugenia Guzmán, “esta decisión va más allá de lo expresamente previsto en la normativa aplicable, que si bien exige expresamente amplia documentación preventiva como evaluaciones de riesgos y planes de prevención, no impone en ningún precepto el estudio psicosocial”.

Así las cosas, basta que una empresa no tenga realizado un estudio psicosocial (la mayoría de las compañías no cuentan con él) y un trabajador denuncie ante la Inspección que padece estrés porque se siente hostigado, para que aquella pueda recibir una sanción que quiebre sus presupuestos. Para mayor inri, la suculenta multa de la Inspección es una de las múltiples responsabilidades que pueden derivarse de un acoso en vía penal (prisión), civil (indemnizaciones por daños y perjuicios) y recargo de prestaciones. Además, el trabajador puede acudir a un juzgado social para conseguir una resolución de contrato por incumplimiento contractual de la empresa y así obtener una indemnización de 45 días de salario por año más una indemnización adicional por violación de un derecho fundamental. “Lo sorprendente es que la empresa puede incurrir en lo anterior simplemente por no prevenir”, enfatiza Guzmán.


Consecuencias del cambio


Respecto a las principales consecuencias de este cambio de criterio de la Inspección de Trabajo, Belén Lavandera, abogada del área de Laboral de Cuatrecasas Gonçalves Pereira, señala que “se van a multiplicar las denuncias por acoso, especialmente como arma de negociación por los trabajadores no acosados, pero sí insatisfechos con su puesto de trabajo en la empresa”. Esta experta laboralista explica que “hasta ahora se interponía una demanda ante el juez para para presionar de forma eficaz a la compañía y negociar así una salida con una alta indemnización. Ahora, puede ser más efectivo anunciar a la entidad su intención de denunciar ante la Inspección de Trabajo, con el alto riesgo de que la empresa reciba una exorbitada multa”.

En consecuencia, ¿qué debe hacer una compañía para evitar incurrir en estos riesgos? La respuesta, según la abogada Guzmán, es “la obligación de tener un código de prevención de acoso y un protocolo de actuaciones para el caso de denuncia o indicio de acoso. Además, hay que hacer estudios psicosociales periódicos e incluir dentro de la vigilancia de la salud de los trabajadores el aspecto psicológico”. Ambas abogadas creen que “es un arma arrojadiza para la empresa”.


Directivo y empresa, juntos para depurar responsabilidades

La Sala Social del Tribunal Supremo abordó de forma novedosa la cuestión de si en aquellos casos de acoso laboral imputado a un superior jerárquico, éste debe ser codemandado junto con la empresa. El Alto Tribunal, en una sentencia de 30 de enero de 2008, unificó la doctrina judicial existente y afirmó que cuando el acoso laboral no procede del empresario sino de uno de sus empleados, “carece de sentido dejar fuera del proceso al principal responsable del mobbing, es decir, al infractor más directo y propio de los derechos fundamentales”. En consecuencia, no basta con demandar a la empresa para la que presta servicios la víctima del acoso, sino que es necesario demandar también al acosador. Esto significa que aquel directivo o empleado que presuntamente haya cometido acoso se verá abocado a sufrir, junto con la empresa, la pena de banquillo.

Diego Carrasco
La Gaceta

El 96% de los españoles tienen problemas de insomnio relacionados con el trabajo

El 96% de los españoles tienen problemas de insomnio relacionados con el trabajo

En concreto, al 81% de los españoles encuestados les quita el sueño la búsqueda de empleo, al 8% el estrés diario y al 7% la posibilidad de perder su trabajo.

El 96% de los españoles tienen problemas de insomnio relacionados con el trabajo, según una encuesta realizada por el portal de empleo Monster, que releva que los españoles, aunque son los menos estresados por su trabajo, son a los más preocupa el paro.

En concreto, al 81% de los españoles encuestados les quita el sueño la búsqueda de empleo, al 8% el estrés diario y al 7% la posibilidad de perder su trabajo.

A nivel internacional -la encuesta se ha realizado a 36.004 trabajadores en Europa y América-, el estrés gana puestos como causa del insomnio de los trabajadores, con un 23% de respuestas, aunque sigue siendo la búsqueda de empleo lo que más impide conciliar el sueño (52%). Al 10% le asusta perder su empleo y eso les provoca problemas a la hora de dormir, mientras que al 15% no les quita el sueño su trabajo.

Los españoles son los trabajadores a los que más problemas de sueño les causa la búsqueda de empleo (81%), seguidos de los daneses, (59%), los austríacos (58%) y los alemanes (57%). Los finlandeses son los que mejor duermen, pese a que un 35% declaran tener un trabajo estresante.

En Bélgica, Francia y Luxemburgo también hay mucho trabajador estresado, un tercio de los encuestados en los tres casos, situación que contrasta con la española, donde sólo el 8% acusan al estrés a la hora de dormir.

Irlanda, por su parte, es el país donde sus trabajadores pierden más el sueño por miedo a quedarse en el paro, con un 18% de respuestas, seguido de Italia (15%) y Finlandia y Alemania (11%).

EUROPA PRESS

El 40% de trabajadores come fuera de casa y destina a ello un tercio del gasto en alimentación

El 40% de trabajadores come fuera de casa y destina a ello un tercio del gasto en alimentación

El 40 por ciento de la población activa come fuera de casa y destina a ello un tercio del presupuesto destinado a alimentación, según informaron hoy el presidente de la Sociedad Española para el Estudio de la Obesidad (Seedo), Xavier Formiguera, y el presidente del II Congreso de la Federación Española de Sociedades de Nutrición, Alimentación y Dietética (Fesnad), Jordi Salas-Salvadó.

Formiguera destacó que España ha registrado en los últimos años un aumento "significativo" del gasto alimentario fuera del hogar, que en el período 2007-2008 se traduce en que el consumidor emplea un 32 por ciento de su presupuesto destinado a alimentación a comer fuera de casa.

Mencionando datos de una encuesta de consumo familiar del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino entre julio de 2007 y junio de 2008, dijo que un 72 por ciento del gasto mayoritario se realiza en bares y tabernas, cafeterías y restaurantes de menú y de carta.

La vicepresidenta del II Congreso Fesnad, que se celebrará en Barcelona en 2010, Pilar Cervera, destacó el auge de la fiambrera en momentos de crisis, que destacó como una de las consecuencias más "sanas" de esta situación, puesto que muchos trabajadores se decantan por esta opción más económica.

Cervera defendió los buenos hábitos alimenticios que pueden seguir personas que se ven obligadas a comer en su entorno de trabajo diariamente, mediante la ingesta variada, principalmente de pasta, legumbres, arroz, pan, verduras, fruta y pequeñas raciones de carne y pescado.

En la presentación del Día Nacional de la Nutrición, que se celebra hoy bajo el lema 'Hoy no como en casa', la nutricionista remarcó los beneficios de "organizar" los menús para garantizar dietas equilibradas y sobre todo que "no caigan en la rutina".

El director de Nutrición y reglamentación de Danone, José Antonio Mateos, apoyó el acto, que presidió en el nuevo establecimiento que Danone ha inaugurado en la céntrica plaza Francesc Macià de Barcelona.

EUROPA PRESS

Principales riesgos para la salud de los asesores del CAC de MMT Seguros

Principales riesgos para la salud de los asesores del CAC de MMT Seguros

Como en todo trabajo, los asesores del CAC están sometidos a ciertas circunstancias laborales que pueden desencadenar cierta disfunciones en su salud. No es un trabajo particularmente "peligroso", pero conlleva ciertos esfuerzos físicos y mentales que pueden pasar factura.

Se trata aquí de dar una lista completa pero no prolija, además de advertir que mucha gente los padece en grados ínfimos, mientras otras personas los sufren de manera más aguda. En todo caso, debemos conocerlos al menos de manera sucinta para poner remedio a sus posibles efectos. Cada persona presenta diferentes umbrales de tolerancia a estas afecciones, por lo que no se trata de pensar que este trabajo es algo así como la minería del siglo XIX, ni tampoco se busca alarmar a nadie.


La lista, tiene los siguientes elementos importantes desde el punto de vista de Prevención de Riesgos Laborales.

  1. Afecciones derivadas de la fatiga visual: Las pantallas de visualización de datos (PVD) son herramienta fundamental del trabajo de un asesor del CAC. Las consultas y en general el tratamiento de los datos pasan por la utilización de las PVD. Es importante respetar los tiempos de descanso visual, que evitarán irritaciones oculares, visión borrosa, cefaleas y cansancio general.

  2. Afecciones auditivas: Otra herramienta imprescindible es el teléfono y generalmente el casco auricular. Aquí entran en juego varios factores desde los externos al oído como la limpieza de la almohadilla protectora, a los internos como pueden ser posibles acoplamientos molestos o altas frecuencias puntuales que si bien quedan lejos de dañar el oído; sí pueden resultar molestos e incrementar la sensación de estrés.

  3. Afecciones del aparato fonador: Quizá de las más frecuentes. Básicamente desembocan con relativa frecuencia en faringitis, laringitis, ronqueras, catarros prolongados, nódulos y pólipos vocales. Estos últimos son los más serios, pues requieren tratamiento quirúrgico. Aprender a hablar correctamente, no fumar o al menos hacerlo lo menos posible y beber agua no muy fría de manera espaciada y continua, ayudan a preservar la voz y que ésta no falte o quede trastornada.

  4. Trastornos músculo-esqueléticos: Los derivados de vicios posturales, la posición estática prolongada y la carga de estrés son los tres elementos que afectan mayoritariamente a los trabajadores. Las mujeres deben de tener especial cuidado, puesto que las afecta de manera más frecuente que a los hombres. La ejercitación de la espalda, hombros, brazos y muñecas de manera continua y poco intensiva ayudan a prevenir estos problemas.

  5. Fatiga física: El conjunto de actividades que realiza el asesor del CAC influye sobre su tono físico. La carga músculo-esquelética influye directamente sobre la fatiga física, así como la tensión muscular derivada de una cierta tensión emocional. Esto desencadena lumbalgias, ciáticas, parestesia (sensación de hormigueo en las extremidades), dolores musculares y cervicales y gran sensación de cansancio entre otros muchos efectos.

  6. Fatiga mental: Muy típica del trabajo. Puede definirse como la relación decreciente entre el esfuerzo empleado y el rendimiento obtenido. Todas las personas nos cansamos a medida que transcurre la jornada. No es algo malo en sí, sino normal. El problema aparece cuando la sensación es continuada a medio largo plazo, no pudiendo el sujeto gestionar de manera racional y emocional las sobrecargas puntuales de trabajo, las demandas de jefes, compañeros y clientes y de manera subsiguiente las de otros actores ajenos al trabajo como la familia. Es una situación preocupante que produce alteraciones del sueño, astenia, trastornos digestivos y otro sin fin de efectos secundarios que minan a la persona.

  7. El Estrés: Desde luego no por ser el último es el menos importante de la lista; justo lo contrario. Es la respuesta del individuo ante las demandas de un entorno dado. Cuanto menores sean sus recursos personales frente a las demandas de ese entorno, mayor será su grado de estrés. El estrés es la principal causa de baja laboral entre la población de trabajadores europeos y en España se encuentra el mayor número de trabajadores estresados de Europa. Los efectos psicológicos y físicos que puede llegar a producir son innumerables y merece un tratamiento más extenso en futuras entradas. A día de hoy, los asesores del CAC son una población de alto riesgo en este capítulo.

Baste esta entrada para conocer los siete principales riesgos laborales de la profesión. No debéis olvidar que MMT Seguros está obligada por Ley a evaluar, controlar y reducir los riesgos laborales en el puesto de trabajo. Pero tampoco conviene olvidar que la salud que está en juego es la del trabajador, por lo que es conveniente que éste tome un papel determinante en el control de esos riesgos en el marco de su propia responsabilidad.

COMFIA-CC.OO. en MMT Seguros

Salud Laboral del Centro de Atención al Cliente

Estar en paro perjudica la salud

Estar en paro perjudica la salud

La Universidad de Harvard publica un estudio que demuestra la relación entre desempleo y enfermedad.

Quedarse sin trabajo no sólo supone un drama económico y personal: además, perjudica seriamente Así lo demuestra una investigación que acaba de hacer pública la Escuela de Salud Pública de Harvard con datos recogidos entre 1999 y 2003, pero cuyos resultados cobran plena vigencia en el actual contexto económico.

Según este estudio, los trabajadores que se quedan en el paro por causas ajenas a su voluntad tienen un 54% más de posibilidades de tener un estado de salud regular o malo durante el año y medio siguiente a la pérdida del empleo, en comparación con los profesionales que mantienen su puesto. En el caso de los desempleados sin antecedentes médicos este porcentaje aumenta hasta el 83%. Entre las enfermedades que, según el estudio, tienden a desarrollar estos trabajadores figuran hipertensión, diabetes y problemas cardiovasculares. "La pérdida de un empleo, como elemento de estrés, tiene un tremendo impacto tanto en la salud mental como en el estado físico y contribuye al desarrollo de enfermedades crónicas", advierte David Williams, profesor de la Escuela de Salud Pública de Harvard.

Fernando García Benavides, director del Centro de Investigación en Salud Laboral (Cisal) de la Universitat Pompeu Fabra, asegura que los resultados del estudio de Harvard son extrapolables a España, con una diferencia: aquí los efectos del paro sobre la salud podrían ser mucho más acusados. "El estudio está elaborado en un entorno con bajas tasas de empleo donde los parados pueden recolocarse en poco tiempo - advierte Benavides-.En España esta situación se da de un modo mucho más grave, porque los parados tardarán mucho más en encontrar trabajo. El paro ya no es sólo una cuestión laboral, sino un problema de salud pública".

Los riesgos para la salud comienzan incluso antes de perder el empleo, cuando la persona siente una amenaza sobre su puesto de trabajo. Esto supone problemas de autoestima y de inseguridad en el trabajador, lo que le impide organizar bien su tiempo y sus relaciones sociales. "La persona empieza a sufrir problemas de sueño e irritabilidad y en casos extremos, depresión - explica Benavides-,y comienza a adoptar nuevos hábitos perjudiciales para salud". Así, las encuestas sobre drogas demuestran que los parados consumen más tabaco y alcohol. "Por otro lado, al ver disminuir sus ingresos los desempleados suelen descuidar su alimentación y consumen productos de menor calidad, además de practicar menos ejercicio físico", explica el profesor. Paralelamente se producen cambios hormonales que pueden desembocar en hipertensión o diabetes.

El Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud de CC. OO. (Istas) participa, junto a otros sindicatos europeos, en un proyecto liderado por la Fundación Emergence que pretende analizar en toda Europa el impacto del desempleo sobre la salud de los trabajadores. "En España apenas existen estudios porque siempre se ha entendido la salud laboral ligada sólo a los trabajadores en activo", lamenta Vicente López, director de Istas. En cambio, estas investigaciones son frecuentes en el mundo anglosajón. Así, según un estudio elaborado por el Labour Research Departament entre funcionarios británicos, la reducción de plantilla tiene una clara relación con los niveles de hipertensión. Otro estudio de la Escuela de Medicina del hospital Monte Sinaí de Nueva York demuestra además que los despidos están asociados al aumento de las lesiones músculo-esqueléticas e incluso diversas enfermedades mortales, así como un incremento de las bajas laborales entre los empleados que mantienen su puesto tras el reajuste. El motivo, según López, es que tras el recorte "aparece una carga extra de trabajo para los que quedan, por lo que su salud también se ve afectada".

Nuria Peláez
La Vanguardia

Más del 20% de los accidentes laborales se producen por sobreesfuerzo y malas posturas

Más del 20% de los accidentes laborales se producen por sobreesfuerzo y malas posturas

Las enfermedades músculoesqueléticas son otras de las principales causas de absentismo laboral --siendo la más frecuente los traumatismos (21%)--, que provocan bajas superiores a los dos meses al año de media.

Entre el 20% y el 25% de los accidentes laborales se producen por sobreesfuerzos, malas posturas y microtraumatismos repetidos, según aseguró hoy el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid, con motivo del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el trabajo, que se celebrará mañana día 28 de abril.

Además, las enfermedades músculoesqueléticas son otras de las principales causas de absentismo laboral --siendo la más frecuente los traumatismos (21%)--, que provocan bajas superiores a los dos meses al año de media.

Según los fisioterapeutas, los trastornos musculoesqueléticos en el trabajador "provocan la disminución de su rendimiento y suelen derivar en baja laboral, aumentando los costes de la empresa y diminuyendo su rentabilidad".

Asimismo, el colectivo indicó que la presencia de fisioterapeutas en las empresas, no sólo mejoraría la calidad de vida de los trabajadores, sino que "reduciría las bajas laborales y, por tanto, los gastos de incapacidades temporales de las compañías".

Por otro lado, los datos revelan que los trastornos traumáticos provocan que el trabajador se ausente de su trabajo en un 67,5% de los casos, lo que conlleva una pérdida de productividad del 29,4% y de un 2,15% del tiempo útil de trabajo por acudir para hacer pruebas diagnósticas.

Por último, las lesiones del aparato locomotor son el motivo de consulta médica más habitual de los trabajadores, según el colectivo, que insiste nuevamente en que, sin embargo, el equipo sanitario de la mayoría de las empresas carece de fisioterapeutas.

Europa Press

Más enfermedades en el trabajo

Más enfermedades en el trabajo

La Comunidad de Madrid registró 1.228 casos de dolencias por la actividad profesional en 2008 - El sindicato CC OO denuncia que los casos reales son 10 veces más.

La mujer de Mario Marrupe no puede usar una colonia demasiado fuerte. Eso podría ahogar a su marido. Mario padece una hiperreactividad bronquial: al menor agente externo, sus débiles bronquios responden cerrándose y se le hace imposible respirar. "Nada, esa tontería", cuenta con guasa. Y todo por una máscara equivocada. No es un caso tan aislado. En Madrid se declaran oficialmente más de 1.000 casos anuales de enfermedades asociadas directamente al trabajo. En 2000 fueron 893, y desde entonces la cifra no ha parado de subir. En 2008, 1.228 según datos del Ministerio de Trabajo. Unas cifras con las que Comisiones Obreras, que presenta hoy su informe anual sobre este asunto, el ISTAS (Impacto de las Enfermedades de Origen Laboral en España), discrepa: "Los casos reales multiplican por 10 los declarados, pero cuesta que administraciones y empresas lo acepten", denuncian en vísperas del Día Internacional de la Salud en el Trabajo.

Mario Marrupe trabajaba en Cecosa, encargada de fabricar las monedas de euro. Era oficial de una línea de producción cuando, un día de 2001, se rompió una tubería de ácido sulfúrico. Mario se puso el mono y las protecciones y paró el vertido. Al día siguiente pasó lo mismo, y tras arreglar la fuga se empezó a sentir mal. En el hospital le explicaron que el ácido sulfúrico había quemado sus pulmones. Resultado: una incapacidad total permanente y un tratamiento de corticoides de por vida. "Vas sobrellevándolo", dice con optimismo, "lo bueno es que tengo tiempo para dedicárselo a mis hijos". Un juicio demostró la falta de medidas de seguridad en la empresa, ya que las máscaras que tenían no eran las adecuadas para el ácido sulfúrico. Mario no tiene dolores, pero pasar al lado del tubo de escape de un autobús o tener cerca un bote de lejía le puede resultar insoportable. "Un día me tuve que salir del ascensor de un centro comercial porque entró una mujer con un perfume muy fuerte", explica entre risas. "Hay días que me tengo que encerrar en casa enganchado al Ventolín", cuenta. "Eso es lo que tengo que agradecer al trabajo".

Las causas de los accidentes y las enfermedades "están relacionadas directamente con la falta de aplicación de las normas de seguridad y salud en las empresas", insisten desde Comisiones. Piden una "implicación de la salud pública" para que se considere el trabajo como un factor determinante de la salud, explica Carmelo Plaza, secretario de Salud Laboral. Mañana se reunirán con la ministra de Sanidad para explicarle estas peticiones, que incluyen también un nuevo listado de las enfermedades profesionales y una vigilancia sobre la labor de las mutuas.

Las tablas del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST) muestran que la sordera por ruido se cobró 38 víctimas en 2006. Por detrás de las infecciosas (75), las de la piel (146) o las osteomusculares (773). De sordera sabe mucho Isidoro Mateos. Tras 30 años trabajando en una fábrica de bombas de agua, empezó a notar que no oía bien. Lo mismo le pasaba a una docena de compañeros que habían pasado mucho tiempo trabajando sin protección. "Ahora tenemos que llevar casco", cuenta Isidoro, "pero antes estábamos al lado del foso de pruebas sin nada". Y el foso de pruebas provocaba mucho ruido. Tanto que a cinco trabajadores se les ha tenido que reconocer una enfermedad profesional no invalidante. Isidoro ha perdido un 20% de audición en ambos oídos. "Estoy viendo la tele y no me entero de nada", confiesa, "sólo con los anuncios, que tienen la música muy alta". La lucha para que se les reconociera la enfermedad ha sido "tenaz y larga". Isidoro, de 55 años, no recibió hasta enero de 2008 los 2.990 euros que le correspondían de indemnización. Denunciaron su situación en 2004, después de que los reconocimientos médicos fueran detectando "una pérdida notable de oído". CC OO estima que, realmente, hubo 1.697 casos en 2006.

Las osteomusculares fueron las enfermedades profesionales más extendidas en 2006: 773 casos, que en el sindicato elevan hasta 4.637. Ester Pérez conoce bien estos males. "En casa no puedo hacer algo tan sencillo como tender", cuenta Ester, que para barrer o fregar el suelo tiene que "parar dos o tres veces". Y eso que se gana la vida barriendo. Es trabajadora de limpieza viaria y tiene una tendinitis crónica. "Por los movimientos repetitivos con el cepillo y la pala", explica. Desde 2000 trabajaba en los camiones que limpian las calles con manguera, pero en 2003 le cambiaron al barrido manual "y empezaron los problemas". Al poco tiempo le diagnosticaron una tendinitis en el pectoral mayor. "Encima del pecho hacia la axila", explica, "pero me ha cogido hasta el hombro y el codo". Como su empresa no reconocía su enfermedad y no le cambiaba de puesto, acudió al juzgado de lo social. Ganó el juicio, pero la situación se ha enredado en recursos y Ester, de 36 años, sigue trabajando en el mismo puesto.
Datos de 2006

- Las enfermedades osteomusculares son las más habituales: 773 registradas por el Instituto Regional de Seguridad y Salud de la Comunidad de Madrid.

- El sindicato CC OO estima que hubo 4.637 casos en 2006.

- El sindicato cree que 1.380 trabajadores sufrieron enfermedades mentales. No se registró oficialmente ningún caso.

- Según el Instituto Regional, 38 personas sufrieron sordera por el ruido en el trabajo. CC OO dice que hubo 1.697.

- Desde el año 2000, con 893 registros, el número de casos no ha parado de subir.

B. JIMÉNEZ / D. BORASTEROS
El Pais

Unos 2 millones de trabajadores sufren "mobbing" o acoso laboral en España

Unos 2 millones de trabajadores sufren "mobbing" o acoso laboral en España

Más de 2 millones de personas padecen en España acoso psicológico habitual o continuado en su ambiente laboral por parte de jefes, compañeros o subordinados, lo que supone en torno al 9 por ciento de la población activa ocupada.

Esta estimación de incidencia del "mobbing" o acoso laboral ha sido difundida hoy en San Sebastián por el doctor en Psicología e investigador Iñaki Piñuel, quien ha ofrecido una rueda de prensa en San Sebastián, junto a la presidenta del Colegio de Oficial de Enfermería de Guipúzcoa, María Jesús Zapirain, con motivo de la conferencia que sobre este asunto impartirá esta tarde ante unos doscientos profesionales sanitarios.

Por sectores, el "mobbing" tiene en las administraciones públicas su principal ámbito de actuación, ya que, según los datos difundidos por Piñuel, uno de cada cinco funcionarios, es decir, en torno a un 20%, dice padecer un continuado maltrato verbal o modal en su trabajo.

Los trabajadores de los medios de comunicación, los servicios asistenciales y las ONG son, en conjunto, los segundos más afectados, con un 18% de incidencia, mientras que el sector sanitario en general, con la enfermería como grupo mayoritario, en particular, es el tercero en incidencia de este tipo de "maltrato psicológico continuado y deliberado".

El doctor Piñuel, que es socio fundador del Instituto de Innovación Educativa y Desarrollo Directivo, y está considerado como uno de los especialistas pioneros en la investigación y divulgación del "mobbing" en España, ha explicado el maltrato psicológico continuado en el ámbito profesional somete en un primer momento a quien lo sufre a una situación de confusión que se va convirtiendo en una "tóxica aclimatación" con "terribles secuelas".

Ha advertido de que las situaciones prolongadas de persecución, hostigamiento y acoso producen numerosos síntomas psicosomáticos en sus víctimas como son insomnio, irritabilidad, falta de concentración, cefáleas o taquicardias, que suelen derivar en bajas laborales intermitentes y que, a medio y largo plazo, en la mitad de los casos desembocan en cuadros como los síndromes de "estrés postraumático" o del "trabajador quemado".

Estadísticamente, ha agregado Piñuel, dos de cada tres casos de "mobbing" tienen como acosador a un responsable jerárquico superior que "emprende el hostigamiento con un subordinado" porque su presencia, su creatividad o el aprecio del que goza por parte del entorno, le resulta "amenazante".

Suelen ser "mandos incompetentes, inseguros y torpes" que utilizan el ataque como forma "defensiva" de dirigir, ha dicho el psicólogo, quien ha advertido de que su perfil suele responder a personalidades del tipo "narcisista", "paranoide" o "psicopática organizacional".

Ha señalado que, aunque con menor incidencia, también se da, en un 15 a 20 % de los casos, "'mobbing' horizontal", es decir, entre compañeros o trabajadores iguales en la escala laboral, así como "coaliciones de subordinados" que se unen para "quitar de la circulación a un jefe", en un 9 o 10% de las situaciones de acoso.

Iñaki Piñuel ha reclamado, al igual que ha hecho la presidenta del Colegio Oficial de Enfermería de Guipúzcoa, la implantación de "protocolos antiacoso" en las distintas organizaciones sociales, como única forma de prevenir un fenómeno que supone actualmente uno de los riesgos laborales más importantes.

Estos protocolos deben establecer "taxativamente" que este tipo de comportamientos son inaceptables y por tanto sancionables, además de fijar cauces de gestión de las quejas y canales internos de protección de las víctimas. "Cuando se ponen en marcha estos protocolos las tasas de acoso caen a cero -ha afirmado Piñuel-, por el hecho de que rompen la impunidad en la que se desenvuelven los que acosan".

EFE

La Seguridad Social pagará el coste del transporte, incluyendo taxi, de los trabajadores accidentados

La Seguridad Social pagará el coste del transporte, incluyendo taxi, de los trabajadores accidentados

Los trabajadores que reciban asistencia sanitaria derivada de un accidente laboral o de una enfermedad profesional tendrán derecho a ser resarcidos por las entidades gestoras de la Seguridad Social, o en su caso las mutuas, de lo que les cueste el transporte, incluido el taxi, cuando se estén desplazando para recibir dicha asistencia.

Así consta en un orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que entrará en vigor mañana y en la que se precisa que la acción protectora de la Seguridad Social en los casos de riesgos profesionales debe ser "integral" y prestarse desde el momento en que se produce el accidente laboral o se diagnostique la enfermedad y durante el tiempo que la patología lo requiera.

Sin embargo, en la Orden se señala la existencia de dudas en cuanto a si debe compensarse o no a los trabajadores por lo que gastan en los medios de transporte ordinarios, especialmente en taxis, cuando se disponen a desplazarse para recibir asistencia sanitaria.

La Orden en cuestión acaba con esta falta de previsión normativa y establece que el coste del desplazamiento de los trabajadores que reciban asistencia sanitaria como consecuencia de un accidente o una enfermedad profesional será compensado por la entidad gestora a o la mutua "como parte integrante de la prestación de asistencia sanitaria".

La norma precisa que, para su compensación, la utilización de dichos medios de transporte debe ser prescrita por el correspondiente facultativo por razones médicas o autorizada por la entidad gestora o la mutua cuando venga motivada por la inexistencia de otro medio de transporte.

Además, la Orden contempla un segundo artículo por el que las entidades gestoras o las mutuas tendrán también que hacerse cargo de los gastos de transporte que puedan originarse cuando se cite a los trabajadores afectados por accidentes laborales, enfermedades profesionales o contingencias comunes, para realizarles un examen o una valoración médica.

Europa Press

La posible imprudencia de los empleados en los accidentes laborales

La posible imprudencia de los empleados en los accidentes laborales

El tribunal analiza en este caso la relevancia que tiene la imprudencia de un trabajador al provocar un accidente, así como la responsabilidad de la empresa por incumplir la Ley de Prevención de Riesgos.

Una trabajadora de una empresa de gestión de comedores colectivos desempeñaba su trabajo como limpiadora cuando se produjo el accidente al empujar un carro con ruedas en la cocina, que disponía de tres baldas.

En la superior transportaba, entre otros utensilios, dos cuchillos, que colocó sueltos, tras recogerlos del túnel de lavado. El suceso se produjo al chocar contra una estantería, de modo que uno de los cuchillos se cayó y le alcanzó la vena femoral. La empleada ya se había desprendido del delantal de plástico que la protegía porque le faltaban pocos minutos para terminar la jornada laboral.
En un primer momento, el juzgado estimó la demanda de la empresa y dejó sin efecto el recargo de prestaciones impuesto por la Administración al entender que existiese o no un protocolo o método de trabajo, la causa del accidente fue el exceso de confianza de la trabajadora y sus prisas al colocar de cualquier forma los cuchillos sueltos en la banda superior del carro, lo que constituyó una imprudencia temeraria, al situarlos con el filo o zona cortante hacia su cuerpo en la balda más alta y sin tapar.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias dictó sentencia en contrario al entender que no es posible calificar el exceso de confianza de imprudencia temeraria, ya que ésta exige una conducta que, con claro menosprecio de la propia vida, acepte voluntaria y deliberadamente correr un riesgo innecesario que le ponga en peligro grave, faltando a las más elementales normas de prudencia.

Así, la imprudencia temeraria debe ser entendida como un patente y claro desprecio del riesgo y de la prudencia más elemental exigible. Como tal, rompería el nexo causal si fuera de una gravedad extraordinaria y no justificada e impediría que el accidente fuera calificado como laboral.

No era éste el caso, pues anteriormente al suceso no existía en la empresa una norma concreta y específica sobre el transporte de cuchillos y objetos punzantes, habiéndose introducido con posterioridad al accidente mejoras en el método de trabajo. De ahí que el empleador hubiera vulnerado la Ley de Prevención de Riesgos Laborales según el tribunal, al no haber adoptado las medidas pertinentes y necesarias para salvaguardar la seguridad de los empleados.

Enlace a la sentencia completa

José María Carpena. Abogado.
Expansion

CEOE pone a disposición de UNESPA un programa de actividades empresariales para la prevención de riesgos laborales

CEOE pone a disposición de UNESPA un programa de actividades empresariales para la prevención de riesgos laborales

UNESPA ha informado, por medio de una circular, que la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) ha puesto a disposición de la asociación una nueva herramienta informática gratuita, denominada ‘Programa de Coordinación de Actividades Empresariales’, para prevención de riesgos laborales.

 

Dicha aplicación ha sido diseñada para que las empresas puedan cumplir con las obligaciones derivadas de la coordinación de actividades empresariales en prevención de riesgos laborales (Artículo 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales).

Consiste –explica UNESPA a sus asociadas- en un “un software de gestión que se habilita como canal de comunicación común para favorecer la relación y el intercambio de información entre empresas cuando concurran en un mismo centro de trabajo”.

La información está disponible en la web www.pcae.es