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Comunicado: Horas Medicas

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En relación a las ausencias por enfermedad o asistencia a consultas médicas, informaros que según acuerdo firmado con la empresa en esta materia de fecha 08/02/2005, será considerado como permiso retribuido del trabajador:

  1. Todas las visitas que se realicen en la medicina pública que se encuantren justificadas por la Seguridad Social o Mutua Patronal.
  2. Todas las visitas relativas a exámenes prenatales y temas de preparación al parto.
  3. Todas las visitas médicas que se deban realizar en caso de enfermedades crónicas y/o enfermedades de larga duración.
  4. Todo trabajador contará con un crédito anual de 12 horas al año, con motivo de visitas médicas de la Sanidad Privada.
  5. Todos los demás supuestos no incluidos en los números anteriores y aquellos que estando regulados se pase de crédito anual concedido, se enmarcará en lo establecido al efecto en el Convenio Colectivo Estatal de Seguros.

Recordaros que tenéis a vuestra disposición el acuerdo, colgado en la intranet, o que podéis solicitar una copia del mismo a vuestros Delegados para que lo podáis revisar.

 

Un saludo,

Sección Sindical USO

05/06/2009 14:48. Sección Sindical USO ;?>

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